MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LUIS JIMÉNEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 79777790-0 CVE 2493864
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de mayo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2024
Repertorio
6580/2024
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
Oficio
18 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente, pero sin que esto constituya condición esencial, a la sociedad TRANSITUM SpA, quien, para representar válidamente a la sociedad, deberá anteponer a su firma la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.039, piso 5, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 08 de mayo de 2024, Repertorio N° 6.580 /2024, ante mí, doña MÓNICA DEL CARMEN PINTO GODOY, cédula de identidad N°5.688.042-9, domiciliada en Cerro Colorado 6.036, dpto. 2.005, Las Condes, Región Metropolitana; y TRANSITUM SpA, RUT En Trámite, debidamente representada por don GONZALO FELIPE JIMÉNEZ LIZAMA, cédula de identidad N° 7.175.507-K, ambos domiciliados en Monseñor Escrivá de Balaguer 12.275, dpto. 1.402, Vitacura, Región Metropolitana; actuales y únicas socias de LUIS JIMÉNEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 2443 número 1296 Reg. Com. CBR Stgo. año 1988, celebraron “MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD LUIS JIMÉNEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA” y acordaron lo siguiente: Modificar la Administración y el uso de la Razón Social de la Sociedad. Como consecuencia de aquello, se modificaron los Estatutos sociales en particular la cláusula sexta, siendo reemplazada por la del siguiente tenor extractado: “SEXTO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente, pero sin que esto constituya condición esencial, a la sociedad TRANSITUM SpA, quien, para representar válidamente a la sociedad, deberá anteponer a su firma la razón social. Para estos efectos, el socio Administrador deberá designar especialmente al efecto uno o más apoderados por instrumento público que deberá anotarse al margen de la inscripción social, y a los cuales les podrá otorgar todas o parte de las facultades que se dirán a continuación, indicando su forma de actuar, si fuese más de un apoderado. Dicho apoderado o apoderados podrán ser sustituidos a criterio exclusivo del socio Administrador, cuantas veces se estime convenientes, sin necesidad de expresión de causa, dándose en cada oportunidad cumplimiento a las formalidades anteriormente indicadas. El socio administrador tiene las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con todas las facultades establecidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social: $5.000.000.- Santiago 13 de Mayo de 2024.