AGRICOLA HERDENER HERMANOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2024
- Notario
- HUGO A. MARIN DIAZ
- Domicilio
- Collipulli
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO A. MARIN DIAZ, Notario Público de Collipulli, con oficio en esta ciudad, calle Alcázar N° 1175, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de abril de 2024, otorgada ante mí, don JUAN ANTONIO AQUILES HERDENER GONZALEZ, domiciliado en fundo Pichaco de la comuna de Collipulli; doña KARIN HERMINIA BECKER SOTO, domiciliada en fundo Santa Rosa de Curaco, camino Collipulli a Curaco, km. 12,5 de la comuna de Collipulli, y don ERNESTO ERWIN HERDENER GONZALEZ, domiciliado en fundo Santa Rosa de la comuna de Collipulli; modificaron sociedad responsabilidad limitada razón social "AGRICOLA HERDENER HERMANOS LIMITADA", constituida mediante escritura pública otorgada ante Notario don René Ramírez Molina de Temuco, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 3 número 2 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli año 1970.- Modificación consistió: don JUAN ANTONIO AQUILES HERDENER GONZALEZ, vendió, cedió y transfirió todos los derechos sociales que a éste le corresponden en la sociedad referida, es decir el cincuenta por ciento de la sociedad, a la compareciente KARIN HERMINIA BECKER SOTO, quien compró y aceptó para sí los referidos derechos y aceptó así ingresar como socia a la referida sociedad.- El cincuenta por ciento de los derechos sociales objeto de esta cesión, fue valorada por las partes de común acuerdo en cincuenta millones de pesos, precio que la cesionaria pagó en forma íntegra con anticipación a la firma de la cesión dándose así total finiquito. Las parten convienen modificar la sociedad referida, en el sentido que sale de ella JUAN ANTONIO AQUILES HERDENER GONZALEZ y entra, como socia, por el cincuenta por ciento de los derechos sociales, la compareciente KARIN HERMINIA BECKER SOTO. De igual manera, las partes modificaron la sociedad referida, en cuanto al uso y administración de la razón social, la que corresponderá en adelante conjunta o separadamente a ambos socios, es decir a doña KARIN HERMINIA BECKER SOTO y a don ERNESTO ERWIN HERDENER GONZALEZ, con todas y cada una de las facultades indicadas en el pacto social y sus posteriores modificaciones, en especial la celebrada mediante escritura suscrita en Temuco el 23 de Mayo del año 1980 ante don René Ramírez Molina. Las facultades descritas en el pacto social quedan inalterables y de forma íntegra como fueron estipuladas.- En todo lo demás se mantiene integro el pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Collipulli, Mayo 14 de 2024.