Instrumento
- Fecha
- 25 de abril de 2024
- Repertorio
- 1967-24
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, Certifica: que por escritura pública de fecha 25 de abril de 2024, bajo el repertorio 1967-24, Don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA, cédula de identidad para extranjero número veintiún millones ochocientos dieciocho mil veintidós guion uno domiciliado en Condell número quinientos once, Comuna de Providencia; y la sociedad IMPORTADORA BIOTECH LIMITADA, Rol único tributario setenta y seis millones seis mil trescientos sesenta y seis mil guion cinco ,sociedad representada por don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA, complementan, rectifican y sanean la constitución de la SOCIEDAD INMOBILIARIA RENTECH CHILE SPA, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés, otorgada en esta misma Notaria ante la Notario Suplente doña Antonieta Marina Rojas Pontigo. RECTIFICACIÓN Y SANEAMIENTO Dos. Uno) Que por este acto, se deja constancia que, por un error involuntario, en la Escritura de constitución se indicó en el “TITULO SEGUNDO. - Capital y acciones.- CUARTO: El capital de la sociedad será de diez millones de pesos, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en el presente acto de la siguiente manera. El accionista Don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA será responsable hasta el monto de su respectivo aporte. - El accionista Don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA aporta en este acto la suma de cinco millones de pesos, que corresponden al cincuenta por ciento del capital, y la accionista la sociedad IMPORTADORA BIOTECH LIMITADA aporta en este acto la suma de cinco millones de pesos, que corresponden al cincuenta por ciento del capital.” Omitiendo la cantidad de acciones en que se dividiría dicho capital, es por esto que en este acto se complementa y sanea dicho artículo quedando el artículo de la siguiente manera: “el TITULO SEGUNDO.- Capital y acciones.- CUARTO El capital de la sociedad será de diez millones de pesos, el cual será dividido en diez mil acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas, de igual valor, las que se suscriben y pagan en el presente acto de la siguiente manera..- El accionista Don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA aporta en este acto la suma de cinco millones de pesos, que corresponden a cinco mil acciones del capital, y la accionista la sociedad IMPORTADORA BIOTECH LIMITADA aporta en este acto la suma de cinco millones de pesos, que corresponden a cinco mil acciones del capital. El accionista Don JHONNY PAUL SARMIENTO MEZA será responsable hasta el monto de su respectivo aporte.” DOS. Dos) Que por este acto, el comparecientes y en consecuencia del error anterior, vengo a rectificar y sanear el artículo en el siguiente sentido: “PRIMER ARTICULO TRANSITORIO: El capital de la sociedad como se ha señalado en la cláusula cuarta de éste instrumento, asciende a Diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas, de igual valor que se suscriben, enteran y pagarán en el acto de la constitución.” VIGENCIA DE LA CONSTITUCION. En todo lo no expresamente complementado o rectificado por la presente escritura, se mantiene plenamente vigente la Escritura de constitución de sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 26 de abril de 2024.