Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2024
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- 2da. Notaría de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. La
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo José Tarud Vigneaux; (E)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, Abogado, Notario Público Titular de la 2da. Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt N° 75-D, primer piso certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10 de mayo de 2024, repertorio número 468-2024, los señores: Felipe Guillermo Tarud Vigneaux, Andrés Javier Tarud Vigneaux, Pablo José Tarud Vigneaux y José Pedro Tarud Vigneaux, todos domiciliados para estos efectos en Bello Horizonte N°845, piso 3, comuna de Rancagua; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: (A) Razón Social: “Inversiones PTV Limitada”; (B) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjera y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación, usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos; ii) la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines, y iii) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; (C) Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: i) don Pablo José Tarud Vigneaux aporta $985.000, que equivalen al 98,5% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; ii) don Felipe Guillermo Tarud Vigneaux aporta $5.000, que equivalen al 0,5% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; iii) don Andrés Javier Tarud Vigneaux aporta $5.000, que equivalen al 0,5% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; iv) don José Pedro Tarud Vigneaux aporta $5.000, que equivalen al 0,5% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; (D) Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo José Tarud Vigneaux; (E) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada-. Rengo, 14 de mayo de 2024.