INGELOA MC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de mayo de 2024
- Notario
- CRISTOBAL IGNACIO LY VALLOTTON
- Domicilio
- y Conservador de Minas Interino de El Loa-Calama
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOBAL IGNACIO LY VALLOTTON, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Interino de El Loa-Calama, Sotomayor 1961, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de mayo 2024, doña SANDRA SOLEDAD TARQUE SÁNCHEZ, chilena, divorciada, empresaria, Rut 13.742.837-7, domiciliada en Vasco de Gamma 2725, Calama; doña DELIA DE LAS MERCEDES IRIARTE JIMÉNEZ, chilena, casada, empresaria, Rut 10.959.148-3, domiciliada en calle Volcán Santa Rosa 2482, Calama; y don JOSÉ MANUEL HERRERA MADARIAGA, chilena, casado, empleado, Rut 10.440.823-0, domiciliado en calle Volcán Santa Rosa 2482, Calama; modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada "INGELOA MC LIMITADA" nombre fantasía "INGELOA MC LTDA.", Rut. 76.203.149-3, constituida por escritura pública otorgada en este Oficio Notarial, con fecha 29 de febrero de 2012, cuyo extracto se inscribió a fojas 147 Nº 106, Registro y Conservador Comercio de Calama, año 2012, publicado Diario Oficial No. 40.203, con fecha 3 de marzo de 2012. Capital Social: $1.000.000. Modificación actual consiste: Socia Sandra Soledad Tarque Sánchez, vende, cede y transfiere el 50% del haber social a José Manuel Herrera Madariaga quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos. El precio de la cesión es la suma de $500.000, pagados con anterioridad a esta fecha y en dinero efectivo, consecuencia de ello, Sandra Soledad Tarque Sánchez se retira de sociedad. Modifican escritura social en el sentido de sustituir en todos los casos en que se mencione el nombre Sandra Soledad Tarque Sánchez, por el de José Manuel Herrera Madariaga, ratificando los nuevos socios de INGELOA MC LTDA, en su totalidad el texto del pacto social. La Administración, representación y uso exclusivo de razón social corresponde a DELIA DE LAS MERCEDES IRIARTE JIMÉNEZ y JOSÉ MANUEL HERRERA MADARIAGA, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- CALAMA, 13 DE MAYO DE 2024.-