COMPLEJO EDUCACIONAL LUÍS PASTEUR S.A.
Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular de la décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1287, Santiago. CERTIFICO: por escritura hoy, ante mí se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de “COMPLEJO EDUCACIONAL LUÍS PASTEUR S.A.”, efectuada con fecha seis de mayo del año dos mil veinticuatro, en el domicilio social ubicado en calle Rancagua número cero tres seis cinco, de la Comuna de Providencia, Santiago. Dicha Junta Extraordinaria procedió a modificar los estatutos de la compañía inscritos a Fojas 22.576, Número 12.706, del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1982, acordando con el voto conforme de la unanimidad de los accionistas presentes: MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA COMPAÑÍA. Se aprueba la propuesta realizada, y por tanto se modifica el objeto social de la compañía establecido en la cláusula tercera de los Estatutos sociales por el siguiente tenor: “El objeto de la sociedad será: A) La prestación, por si o a través de terceros, de todo tipo de servicios educacionales; creación, adquisición, explotación, administración y mantención de todo tipo de Establecimientos Educacionales en niveles de enseñanza pre básica, sala cuna, jardín infantil, Básica, Media, Técnico Profesional, Centro formación técnica, Instituto Profesionales, Universidades, Educación especial o diferencial que incluya todo tipo discapacidades o limitaciones, como también el desarrollo proyectos de investigaciones y perfeccionamiento profesional en lo científico y cultura siempre relacionado con educación, a nivel regional, nacional o internacional y en general, todo lo que se relaciones directamente con el objeto educacional; B) Las actividades inmobiliarias en general, la compra, venta, arriendo, explotación de bienes raíces de su propiedad o de terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Y cualquier otro negocio que acordaren los socios en cuanto tenga relación con los giros principales”. Demás estipulaciones y acuerdos adoptados se encuentran establecidas en escritura que se extracto. Santiago, 10 de mayo de 2024.