Agrícola Cría La Viña Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2024
- Repertorio
- 905-2024
- Notario
- CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA
- Oficio
- 2° Notaría de San Fernando
- Comuna
- San Fernando
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- San Fernando
- Duración
- 5 años desde esta fecha, renovable automáticamente por periodos de 5 años
Objeto social
a) crianza y compraventa de caballos; b) Compraventa de forraje y alimento para caballos; c) desarrollo de eventos y actividades publicitarias de todo tipo, deportivos, conferencias, auspicios, producción de eventos sea comerciales o sociales; d) Desarrollo de todo lo relacionado con el deporte ecuestre, ya sea crianza, comercialización, formación, escuelas y competencias deportivas en sus diferentes disciplinas; e) La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; f) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, pudiendo ingresar en sociedades constituidas o constituirlas, cualquiera sea su objeto, pudiendo tener representaciones y licencias nacionales y)o extranjeras; y g) La realización de cualquier otra actividad que acuerden los socios y que tengan relación con el
Administración
será ejercida en forma individual por don Mario Pablo Silva Silva, C.I.N°10.748.040-4, o en forma conjunta entre doña Andrea Luz Castelblanco Mellado con uno cualquiera entre Maximiliano Silva Castelblanco, Clemente Silva Castelblanco o Mario Andrés Silva Castelblanco, con amplias facultades de administración;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, Abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de San Fernando, con Oficio en calle Chillán N°595-A, Comuna de San Fernando; Por escritura pública Repertorio N°905-2024 del 09/05/2024 otorgada hoy, ante mí: ANDREA LUZ CASTELBLANCO MELLADO, chilena, casada y separada de bienes, C.I.N°10.612.835-9; MARIO ANDRÉS SILVA CASTELBLANCO, chilena, C.I.N°19.639.143-6, estudiante; CLEMENTE SILVA CASTELBLANCO, chileno, C.I.N°21.141.777-3, estudiante, y MAXIMILIANO SILVA CASTELBLANCO, chileno, C.I.N°18.635.743-4, ingeniero agrónomo; todos domiciliados en Fundo el Carmen de Los Lingues, sin número, comuna de San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyas principales cláusulas son las siguientes: Razón Social: Agrícola Cría La Viña Limitada, nombre de fantasía “Cría La Viña Ltda.”; Domicilio: San Fernando, sin perjuicio de las agencias y sucursales; Objeto: a) crianza y compraventa de caballos; b) Compraventa de forraje y alimento para caballos; c) desarrollo de eventos y actividades publicitarias de todo tipo, deportivos, conferencias, auspicios, producción de eventos sea comerciales o sociales; d) Desarrollo de todo lo relacionado con el deporte ecuestre, ya sea crianza, comercialización, formación, escuelas y competencias deportivas en sus diferentes disciplinas; e) La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; f) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, pudiendo ingresar en sociedades constituidas o constituirlas, cualquiera sea su objeto, pudiendo tener representaciones y licencias nacionales y/o extranjeras; y g) La realización de cualquier otra actividad que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Administración y Uso de la Razón Social: será ejercida en forma individual por don Mario Pablo Silva Silva, C.I.N°10.748.040-4, o en forma conjunta entre doña Andrea Luz Castelblanco Mellado con uno cualquiera entre Maximiliano Silva Castelblanco, Clemente Silva Castelblanco o Mario Andrés Silva Castelblanco, con amplias facultades de administración; Capital: $10.000.000 cantidad que los socios aportan, enteran, pagan cada uno con un 25% de los derechos sociales, que enteran en este acto con $1.250.000 en dinero efectivo ingresando los fondos en arcas sociales y el saldo dentro del plazo de 3 años a contar de esta fecha. Responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Duración: 5 años desde esta fecha, renovable automáticamente por periodos de 5 años. Demás estipulaciones en la escritura extractada. San Fernando, 09 de Mayo de 2024.