VERGERS CANCEL CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2024
- Repertorio
- 1155-2024
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 7 de mayo del año 2024, Repertorio N°1155-2024, ante mí, la sociedad SAS VERGERS CANCEL y don VINCENT LOUIS DONATIEN KERVARREC, celebraron “Aumento de Capital y Modificación de Estatutos VERGERS CANCEL CHILE SpA”, sociedad inscrita a fojas 105.737 N°45.078 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2023, y acordaron lo siguiente: I. Aumento de capital: La sociedad SAS VERGERS CANCEL y don VINCENT LOUIS DONATIEN KERVARREC, quienes según consta en el Registro de Accionistas que me fuera exhibido, son los actuales y únicos accionistas de la sociedad por acciones VERGERS CANCEL CHILE SpA, acordaron aumentar el capital social de la suma de $1.000.000, divido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, a la suma de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 1.000 acciones representativas del aumento de capital. II. Modificación de Estatutos: Como consecuencia de lo anterior, los accionistas acuerdan modificar el artículo quinto, relativo al capital social, y el artículo primero transitorio, relativo a la suscripción del capital, cuyo tenor extractado es el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, del cual, la suma de $1.000.000 se encuentra íntegramente suscrita y pagada con anterioridad a esta fecha; y la suma de $1.000.000 se suscribirá y pagará dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el día 7 de mayo del año 2024”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 9 de mayo de 2024. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.