MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

JMIE SERVICIOS ELECTRICOS EMPRESARIALES SpA

RUT 77504551-5 CVE 2492039
Fecha instrumento
30 de abril de 2024

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2024

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA MANCILLA SpA socio 76820634-1
JMIE SERVICIOS ELECTRICOS EMPRESARIALES SpA accionista 77504551-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Titular 43ª Notaría, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha de 30 de Abril de 2024, Repertorio N*13.025 - 2024, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES JOSÉ MANCILLA MANCILLA SpA, RUT 76.820.634-1, representada por don José Rodrigo Mancilla Mancilla, C.I.N*14.378.061-9, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, ambos domiciliados para estos efectos en Av. Andrés Bello 2777, oficina 1001, comuna de Las Condes, en calidad de único accionista modificó la sociedad JMIE SERVICIOS ELECTRICOS EMPRESARIALES SpA, RUT 77.504.551-5, constituida por escritura pública de 21 de diciembre de 2021, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, inscrita a fojas 101610 número 47003 del año 2021, en el Registro de Comercio de Santiago, en el siguiente sentido: A) Se modifica la cláusula primera: El nombre será “FÁBRICA Y COMERCIALIZADORA METAL CONDUCTORES SpA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “METALCONDUCTORES SpA”; B) Se modifica la cláusula segunda: El objeto de la sociedad es la fabricación, importación, exportación y comercialización de piezas y estructuras metálicas para las áreas hidráulicas, metalúrgicas, electromecánicas y metalmecánicas, eléctricas, electrónicas, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otro que los socios acuerden; C) Se modifica la cláusula novena: La sociedad será administrada por un Gerente General. El Gerente General será designado en estos estatutos, en los artículos transitorios. La administración se sujetará a las siguientes reglas: El Gerente General será remunerado por sus funciones y el monto correspondiente será fijado por el Directorio. En caso de no haber directorio, su remuneración será fijada por la Junta Extraordinaria de Accionistas. El Gerente General podrá delegar parte de las facultades de administración de la sociedad en terceros. FACULTADES: El Gerente General de la sociedad estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio.- En lo no modificado continúan plenamente vigentes estipulaciones del pacto.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 03 de Mayo de 2024.