Inversiones Mulligan SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2024
- Repertorio
- 17708/20204
- Notario
- Francisco Leiva Carvajal
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.401.749.575 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Antonio Carey Carvallo | socio | 9911267-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública con fecha 18 de marzo de 2024, anotada bajo el repertorio N°17.708/20204, ante mí, don Antonio Carey Carvallo, Rol Único Tributario N°9.911.267-0, en su calidad de empresario individual y como único accionista de Inversiones Mulligan SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.708.959-7, inscrita a fojas 91.662, número 39.127 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, acordó lo siguiente: Uno/ Cancelar, resciliar y dejar sin efecto la emisión, suscripción y pago de 9.927 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que fueron emitidas en la constitución de la Sociedad; Dos/ En consecuencia, disminuir el capital de la Sociedad, de la cantidad de $2.401.749.575, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de $17.477.344 dividido en 73 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $2.384.272.231; y Tres/ Por los acuerdos anteriores, reemplazar los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad para reflejar el capital actual de ésta, esto es, $17.477.344 dividido en 73 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas. El Notario que autoriza este extracto certifica que a la fecha de la modificación de estatutos el único accionista de la Sociedad era Antonio Carey Carvallo, en su calidad de empresario individual. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Francisco Leiva Carvajal. Notario Público. Santiago, 8 de mayo de 2024.