Viña Apaltagua Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 2024
- Repertorio
- 240-2024
- Comuna
- Curicó con asiento
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Titular de la Quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno, certifica: Certifica: Por escritura pública de fecha 28 de marzo del año 2024, Repertorio N° 240-2024, ante don Gonzalo Lozano Aranguiz, Suplente de la Titular doña Monica Quiroz Trujillo, don Edward J. Tutunjian por sí y en representación de doña Nancy Tutunjian, ambos domiciliados para estos efectos en calle Malaga cincuenta oficina treinta y uno, comuna de las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “Viña Apaltagua Limitada”, la que se constituyó como Sociedad Anónima cerrada, por escritura pública de fecha cinco de noviembre del año dos mil tres, otorgada ante el Notario Público de Santiago don René Benavente Cash. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial con fecha diecisiete de noviembre del año dos mil tres, y se inscribió a fojas treinta y cuatro mil seiscientos ochenta y ocho número veintiséis mil doscientos cuarenta y dos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil tres; Modificación: Por este acto don Edward J. Tutunjian, por sí y en representación de doña Nancy Tutunjian, en su calidad de únicos y actuales socios de “Viña Apaltagua Limitada”, vienen en modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativo a la administración, representación y uso de la razón social, de la siguiente forma: A partir de esta fecha la administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social, corresponderá a doña María Elisa Monasterio Beltrán, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos setenta y cinco mil trescientos sesenta y seis guión dos, y a don Alexs Adonis Fuentealba Catalán, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos ochenta y cinco mil ciento cincuenta guión uno, quienes podrán actuar indistinta y separadamente, anteponiendo la razón social a sus firmas, representaran a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican a continuación, sujetos a las limitaciones establecidas al final de la presente cláusula. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.