CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones, Inmobiliaria y Agrícola Rodríguez y Gamboa Limitada

CVE 2491633
Fecha instrumento
15 de marzo de 2024
Notaría
San Bernardo
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de marzo de 2024
Notario
CLAUDIO ALFONSO ORTIZ CERDA
Oficio
Tercera Notaría de San Bernardo
Comuna
San Bernardo

Sociedad

Domicilio
San Bernardo, Región Metropolitana
Duración
cinco años desde la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años, si ninguno de los socios manifiesta a su consocio, su voluntad de ponerle término, por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas

Objeto social

El objeto de la sociedad será la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, en especial, acciones, bonos, debentures, cuotas, acciones o derechos en sociedades, comunidades, asociaciones o cooperativas, y en general invertir en cualquier tipo de valores mobiliarios, bienes inmuebles, efectos públicos o de comercio, pudiendo adquirir y enajenar dichos bienes a cualquier título, administrarlo y percibir sus frutos; adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, sub arrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción o urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. La explotación agrícola, ganadera y)o forestal de toda clase de predios que la sociedad posea en calidad de propietaria, arrendataria o a cualquier otro título; La producción, importación, comercialización, adquisición, distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes y productos relacionados con la agricultura, ganadería y bosques; El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, la compraventa, importación, exportación, distribución al por mayor y por menor, y comercialización en general de toda clase de bienes y productos relacionados con la agricultura, ganadería y bosques, por cuenta propia o ajena; Importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos o maquinarias relacionados con la actividad agrícola. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los dos socios actuando conjuntamente, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ALFONSO ORTIZ CERDA , Notario Público Titular de la Tercera Notaría de San Bernardo, con oficio en O& #769;Higgins 460, comuna de San Bernardo, certifico: CERTIFICO: Por escritura pública de 15/03/2024, don TOMAS ANDRES RODRIGUEZ MADARIAGA, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número veintiún millones doscientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y tres guion K, domiciliado en Camino Lonquén paradero veintidós y medio, Fundo San Alfonso, Parcela Dos, comuna de Calera de Tango; y don OSVALDO DE LA LUZ GAMBOA ARELLANO, chileno, casado, técnico en máquinas y herramientas, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cuatro mil quinientos cuarenta y siete guion seis, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada conforme a la ley. Razón Social: "Inversiones, Inmobiliaria y Agrícola Rodríguez y Gamboa Limitada", nombre de fantasía de "Rodríguez y Gamboa Ltda”.- Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, en especial, acciones, bonos, debentures, cuotas, acciones o derechos en sociedades, comunidades, asociaciones o cooperativas, y en general invertir en cualquier tipo de valores mobiliarios, bienes inmuebles, efectos públicos o de comercio, pudiendo adquirir y enajenar dichos bienes a cualquier título, administrarlo y percibir sus frutos; adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, sub arrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción o urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena. La explotación agrícola, ganadera y/o forestal de toda clase de predios que la sociedad posea en calidad de propietaria, arrendataria o a cualquier otro título; La producción, importación, comercialización, adquisición, distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes y productos relacionados con la agricultura, ganadería y bosques; El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, la compraventa, importación, exportación, distribución al por mayor y por menor, y comercialización en general de toda clase de bienes y productos relacionados con la agricultura, ganadería y bosques, por cuenta propia o ajena; Importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos o maquinarias relacionados con la actividad agrícola. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios. Domicilio: San Bernardo, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto de la República o en el extranjero.- Duración: cinco años desde la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años, si ninguno de los socios manifiesta a su consocio, su voluntad de ponerle término, por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas.- Capital: cincuenta y cinco millones de pesos, aportado por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: Tomás Andrés Rodríguez Madariaga con la cantidad de cuarenta y nueve millones veintisiete mil pesos, representa el 89,14% del capital social, que paga mediante aporte de derechos en el inmueble que se singulariza en la escritura; Osvaldo de la Cruz Gamboa Arellano con la cantidad de cinco millones novecientos setenta y tres mil pesos, representa el 10,86% del capital social, ya ingresados en la caja social. Administración y uso de la razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los dos socios actuando conjuntamente, con amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada. San Bernardo 09 de Mayo 2024.-