INVERSIONES BYS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2024
- Notario
- ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: que: Por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2024, ante mí, Guillermo Marcos Bannura Cumsille y Marcela Schultz Haramoto, por si y en representación de Analía Bannura Schultz y de Andrés Bannura Schultz, todos domiciliados en Avenida Parque Antonio Rabat número 6726, comuna de Vitacura, Región Metropolitana acordaron cesión de derechos y modificación de la sociedad “INVERSIONES BYS LIMITADA”, cuyo extracto está inscrito a fojas 78.778 número 45.926 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2015 (en adelante, la “Sociedad”), de acuerdo a lo siguiente: 1) Cesión de Derechos: i) Analía Bannura Schultz, vendió, cedió y transfirió el 17,50% de los derechos sociales de la Sociedad de que es dueña a Guillermo Marcos Bannura Cumsille; ii) Andrés Bannura Schultz, vendió, cedió y transfirió el 17,50% de los derechos sociales de la Sociedad de que es dueño a Guillermo Marcos Bannura Cumsille. Como consecuencia de las cesiones de derechos señaladas, se retiran como socios de la Sociedad Analía Bannura Schultz y Andrés Bannura Schultz. 2) Modificación estatutos: Los socios acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: a) don Guillermo Marcos Bannura Cumsille, aporta la suma de $2.000.000, equivalentes al 40% del capital social, los cuales ha enterado y pagado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; b) doña Marcela Schultz Haramoto aporta la suma de $3.000.000, equivalentes al 60% del capital social, los cuales ha enterado y pagado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha. Los socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes.-“. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 03-05-2024.