Inmobiliaria InJoMax Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2024
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- O’Higgins 528
Sociedad
- Capital
- $150.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de abril de 2024, Rep. Nº 1129, ante mí, MAX ARIEL DUARTE ESPINOZA, empresario; y doña JOSELYN ALEJANDRA OJEDA CEA, empresaria, ambos domiciliados en calle Esperanza 507, torre N, departamento 253, Comuna de Chiguayante, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: INMOBILIARIA InJoMax LIMITADA . Nombre de fantasía de “InJoMax LTDA." El objeto de la Sociedad es la explotación de bienes muebles e inmuebles, en sus diversas formas, incluyendo la adquisición, enajenación y arriendo; y en general las inversiones y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con dicha actividad y cualquier otro objeto que los socios acuerden. La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don MAX ARIEL DUARTE ESPINOZA y doña JOSELYN ALEJANDRA OJEDA CEA, quienes podrán actuar conjunta o separadamente con todas las facultades de administración y disposición, sin limitación alguna.- El capital social será la suma de $150.000.000, aportado de la siguiente forma: Uno) MAX ARIEL DUARTE ESPINOZA, aporta y se obliga a aportar la suma de $75.000.000, que entera y enterará de la siguiente forma: i) con la suma de $4.000.000, que entera en este acto en efectivo en arcas sociales; ii/ con la suma de $62.000.000, que deberá enterar en el plazo máximo de 2 años a contar de esta fecha, ya sea en dinero efectivo o a través de la dación en pago de inmuebles que efectúe; y iii/ a través del aporte en dominio que efectúa en este acto de los siguientes inmuebles: a) derechos y acciones equivalentes al 50% sobre Inmueble UBICADO EN EL PREDIO BUENA VISTA, LUGAR ALTO ANTUCO, de la comuna de Antuco, inscrito los derechos a favor del aportante a fojas 4.670, Nº 3.812 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, del año 2020, rol de avalúo nº 514-127, de la comuna de Antuco, y los derechos aportados son tasados por las partes en la suma de $3.000.000.- b) derechos y acciones equivalentes al 50% sobre inmueble consistente en el LOTE B, DENOMINADO PREDIO MACHEJOMAGU, RESULTANTE DEL PLANO DE SUBDIVISIÓN DEL SITIO NÚMERO TRES, UBICADO EN VILLA LOS CANELOS, de la ciudad y comuna de Antuco, inscrito los derechos a favor del aportante a fojas 863, nº 845 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, del año 2021, rol de avalúo nº 516-79, de la comuna de Antuco, y los derechos aportados son tasados por las partes en la suma de $6.000.000.- Dos) Doña JOSELYN ALEJANDRA OJEDA CEA aporta y se obliga a aportar la suma de $75.000.000, que entera y enterará de la siguiente forma: i) con la suma de $52.000.000, que deberá enterar en el plazo máximo de 2 años a contar de esta fecha, ya sea en dinero efectivo o a través de la dación en pago de inmuebles que efectúe; y ii/ a través del aporte en dominio que efectúa en este acto de los siguientes inmuebles: a) derechos y acciones equivalentes al 50% sobre Inmueble UBICADO EN EL PREDIO BUENA VISTA, LUGAR ALTO ANTUCO, de la comuna de Antuco, inscrito los derechos a favor del aportante a fojas 4.670, Nº 3.812 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, del año 2020, rol de avalúo nº 514-127, de la comuna de Antuco, y los derechos aportados son tasados por las partes en la suma de $3.000.000.- b) la propiedad ubicada en Pasaje 2 número 3901, block 2, manzana B, lote 36, que corresponde al departamento 304, piso tres, de la población "Manquimávida", Comuna de Chiguayante, inscrito a favor de la aportante a fojas 589, nº 264 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante, del año 2009, rol de avalúo nº 3246-42, de la comuna de Chiguayante, y que es tasado por las partes en la suma de $20.000.000.- La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero..- La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de instrumento extractado y tendrá una duración de 10 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y el envío de una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en la comparecencia, con una anticipación de, a lo menos 3 meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Se facultó publicar e inscribir- CONCEPCION, 09 de mayo de 2024.-