MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Davalos Sañudo y Compañía Limitada

RUT 78847430-K CVE 2490635
Fecha instrumento
20 de marzo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2024
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20.03.2024 ante mí, Cristóbal Valdés Dávalos, Fernando Ignacio Dávalos Ursic Y Aranzazu Dávalos Ursic, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova 3.788, oficina 31 B, modificaron la sociedad “Davalos Sañudo y Compañía Limitada” inscrita a fojas 973 número 864 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año dos mil cinco, en lo siguiente: Se materializa la adjudicación de derechos sociales tras el fallecimiento de don Fernando Roque Dávalos Sañudo a nombre de sus hijos, Fernando Ignacio Dávalos Ursic y Aranzazu Dávalos Ursic, los que ingresan en calidad de socios en la Sociedad, quedando como titular del 49,5% de los derechos sociales cada uno de ellos. Así, se reemplaza el artículo Quinto del pacto social por el siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de quinientos mil pesos, que los socios han enterado y pagado íntegramente a la caja social y se encuentra distribuido entre los socios de la siguiente forma: a) Fernando Ignacio Dávalos Ursic, es titular del cuarenta y nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; b) Aranzazu Dávalos Ursic, es titular del cuarenta y nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social; y c) Cristóbal Valdés Dávalos, es titular del uno por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente enterados en caja social”. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 17.04.2024.