AGRICULTORES DEL VALLE DE SAN PEDRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2024
- Notario
- RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA
- Domicilio
- Melipilla
Sociedad
- Capital
- $35.000.000 CLP
Administración
- Articulo Séptimo: La Administración, representación y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público de Melipilla, con oficio en Serrano N°374, Melipilla certifica: Por escritura pública de fecha veinte de marzo de dos mil veinticuatro, ante don JOSÉ ESTEBAN MELLADO RAMÍREZ, notario suplente del titular don RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, don DIEGO ANTONIO MEZA JIMENEZ, chileno, casado, agricultor, domiciliado en Parcela Cinco, Las Pataguas, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, don IVÁN ANTONIO VALDES ALLENDE, chileno, casado, agricultor, domiciliado en El Prado sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla; don JUAN RAÚL BUSTOS MUÑOZ, chileno, casado, agricultor, domiciliado en Lo Encañado sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla; doña FRANCISCA ANDREA MEZA JIMENEZ, chilena, soltera, agricultora, domiciliada en Las Pataguas sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla; don ALEJANDRO ENRIQUE MALLEA GUTIERREZ, chileno, conviviente unión civil, agricultor, domiciliado en El Manzanito, Parcela Santa Domitila, Lote C, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, chileno, soltero, agricultor, y doña EMILY CAROLINA RIQUELME ALVAREZ, chilena, soltera, labores de hogar, ambos domiciliados en Lo Encañado sin número cruce de Quincanque, Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla. ANTECEDENTES: Que don DIEGO ANTONIO MEZA JIMENEZ; don IVÁN ANTONIO VALDES ALLENDE; don JUAN RAÚL BUSTOS MUÑOZ; doña FRANCISCA ANDREA MEZA JIMENEZ; y don ALEJANDRO ENRIQUE MALLEA GUTIERREZ, son los únicos socios de la sociedad “AGRICULTORES DEL VALLE DE SAN PEDRO LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco guion cero, constituida por escritura pública de fecha treinta de Mayo de dos mil dieciséis, otorgada ante el Notario de Melipilla don René Alejandro Martínez Loaiza, inscrita en extracto a fojas doscientos veintiuno número ciento veintidós del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil dieciséis, publicada en el Diario Oficial número cuarenta y un mil cuatrocientos ochenta de fecha diez de Junio del año dos mil dieciséis.- La sociedad ha sufrido modificaciones.- CESION DE DERECHOS. a) don DIEGO ANTONIO MEZA JIMENEZ, dueño del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $10.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $5.000.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $5.000.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271174, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad; b) Por don IVÁN ANTONIO VALDES ALLENDE, dueño del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $10.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $5.000.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $5.000.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271177, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad; c) Por el presente instrumento, don JUAN RAÚL BUSTOS MUÑOZ, dueño del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $10.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $5.000.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $5.000.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271176, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad, d) Por el presente instrumento, don ALEJANDRO ENRIQUE MALLEA GUTIERREZ; dueño del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, quien compra y acepta para sí, el cincuenta por ciento de derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $5.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $2.500.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $2.500.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271179, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad; e) Por el presente instrumento, don ALEJANDRO ENRIQUE MALLEA GUTIERREZ; dueño del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a doña EMILY CAROLINA RIQUELME ALVAREZ, quien compra y acepta para sí, el cincuenta por ciento de derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $5.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $2.500.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $2.500.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271180, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad, e) Por el presente instrumento, doña FRANCISCA ANDREA MEZA JIMENEZ, dueña del 20% de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a doña EMILY CAROLINA RIQUELME ALVAREZ, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la presente sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de $10.000.000, que se pagaron y pagaran de la siguiente forma: a) La suma de $5.000.000, que se pagaron con anterioridad al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, y b) la suma de $5.000.000, que se pagan en este acto mediante cheque a fecha, a pagarse con fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, serie número 3271175, de la cuenta corriente número tres siete cinco cero cero cero tres seis dos siete cuatro del Banco Estado, sucursal Melipilla, por igual suma, documento que el vendedor declara recibir a su entera conformidad; Como consecuencia de las cesiones referidas anteriormente, quedan como únicos socios de ésta: don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, dueño del setenta por ciento del capital social y de los derechos sociales; doña EMILY CAROLINA RIQUELME ALVAREZ, dueña del treinta por ciento del capital social y de los derechos sociales.- MODIFICACIONES: MODIFICACION AL PACTO SOCIAL: Los socios acuerdan modificar en la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente “Artículo quinto: El capital social es la suma cincuenta millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: i) don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, la suma de $35.000.000, ya ingresados a la caja social con una participación en la sociedad del setenta por ciento del capital social y de los derechos sociales. ii) don doña EMILY CAROLINA RIQUELME ALVAREZ, la suma de $15.000.0000, ya ingresados a la caja social con una participación en la sociedad del treinta por ciento del capital social y de los derechos sociales. Así mismo vienen en modificar la cláusula tercera del pacto social, en el siguiente sentido: “TERCERO DE LA ADMINISTRACION.- Articulo Séptimo: La Administración, representación y uso de la razón social.- El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a exclusivamente a don LUIS GIOVANNI CARRASCO CARRASCO, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán y administrarán con las más amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 29/04/2024.