MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Capacitación Corda Limitada

RUT 78902000-0 CVE 2490318
Fecha instrumento
30 de abril de 2024
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2024
Repertorio
2575
Notario
GONZALO HURTADO PERALTA
Oficio
3ª Notaria Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Público Titular de la 3ª Notaria Antofagasta, con domicilio en calle José de San Martín Nº 2745, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de abril 2024, ante mí, doña DELIA ETNA DÁVILA BUSTAMANTE, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°6.267.926-3, chilena, viuda, ingeniera comercial; y doña ETNA CRISTINA VERAGUAS DAVILA, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°18.014.688-1, chilena, soltera, farmacéutica, ambas con domicilio para estos efectos en Manuel Antonio Matta N°2901 de la comuna y ciudad de Antofagasta; CRISTIAN ALEJANDRO ENCINA MUÑOZ, abogado, chileno, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°13.431.266-1, con domicilio en Antofagasta, avenida Balmaceda N°2536, oficina 501, en representación según se acreditará de doña ANGELICA EDITH MORGADO GUTIÉRREZ, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°14.109.274-K, soltera, ingeniera comercial, domiciliada en Avenida Argentina N° 02540, departamento 904, torre uno, Antofagasta; y don PABLO EDUARDO PARRA SAPIAINS, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°15.572.249-5, soltero, orientador familiar, domiciliado en Avenida Edmundo Pérez Zujovic N°10880, departamento 903, torre A, Antofagasta, todos los comparecientes mayores de edad. Vienen en complementar y rectificar en los siguientes términos: 1) Que, con fecha 15 de marzo del año 2024 se celebra Escritura Pública de Saneamiento y Transformación de sociedad limitada a sociedad por acciones “Sociedad De Capacitación Corda Limitada” o “Capacitación Scorpio Ltda.” a “Sociedad De Capacitación Corda Spa” o “Capacitación Scorpio Spa”, ante Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Antofagasta don Gonzalo Hurtado Peralta, bajo el repertorio número mil doscientos cincuenta y cinco guión dos mil veinticuatro. 2) Dicha escritura se debe complementar y rectificar en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 19.499, Ley de Saneamiento, en lo que respecta a la comparecencia de las socias cedentes doña DELIA ETNA DÁVILA BUSTAMANTE y doña ETNA CRISTINA VERAGUAS DÁVILA, suficientemente individualizadas, quienes vienen en aceptar y acuerdan sanear la sociedad en los términos ya descritos en la Escritura Pública mencionada. Sin perjuicio de ello, los comparecientes ratifican el saneamiento de la sociedad que allí se dispone y cuyo tenor es el siguiente: “Con fecha 09 de junio del 2023, se celebra escritura pública ante el Notario Público de Antofagasta don Gonzalo Hurtado Peralta, anotada en el repertorio N°2575 del año 2023, en la que se acuerda que doña Mirta Eloísa Cortes Godoy, cede el 100% de sus derechos sociales a doña Etna Cristina Veraguas Dávila representativos del 5% de la totalidad de sus derechos e interés en la sociedad, de manera que la cesionaria pasa a ser socia de la compañía, en la misma proporción que lo era la cedente. En consecuencia, de lo anterior quedaron como únicas socias doña Delia Etna Dávila Bustamante con un 95% y doña Etna Cristina Veraguas Dávila, con un 5%. El extracto de dicha escritura pública se inscribió con fecha 11 de octubre del 2023 en el Registro de Comercio de Antofagasta, a fojas 919 vuelta, bajo el número 540 del año 2023 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 28 de septiembre de 2023. Conforme a lo anterior, se puede apreciar que, el plazo transcurrido entre la firma de la escritura pública mencionada, la fecha en que fue publicada en el Diario Oficial y la fecha en que fue efectivamente inscrita en el Conservador de Comercio, excede el plazo establecido por la Ley, en lo que respecto a los 60 días con los que se cuenta para dichos efectos, lo anterior, por cuanto el Diario Oficial observó a su juicio que en la escritura constitutiva no constaba expresamente el capital aportado por los socios, lo que derivó en que los socios debieran aclarar la interpretación efectuada por dicho ente al respecto, lo que produjo, que transcurriera un periodo de tiempo más extenso del considerado en la tramitación. Sin perjuicio de lo anterior los socios acuerdan en sanear todo aquello que pudiera derivarse en vicio que afecte la validez del contrato, ratificando todo lo obrado en la cesión de derechos celebrada, manteniendo vigente e inalterable la sociedad”. 3) La presente escritura se entenderá formar parte de la Escritura Pública de Saneamiento y Transformación de sociedad limitada a sociedad por acciones “Sociedad De Capacitación Corda Limitada” o “Capacitación Scorpio Ltda.” a “Sociedad De Capacitación Corda Spa” o “Capacitación Scorpio Spa”, antes individualizada, complementándola y rectificándola en lo expresado en la cláusula anterior, dejando válida y subsistentes sus cláusulas no rectificadas o complementadas. Antofagasta, 06 de mayo 2024.-