AGRO COMERCIAL TECKLAND SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2024
- Repertorio
- 3950-2024
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- AGRO COMERCIAL TECKLAND SpA, pudiendo actuar indistintamente con el nombre de TECKLAND SpA. El objeto de la sociedad será la compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, plásticos para la instalación de techos en plantaciones agrícolas o urbanas, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos, demás productos e insumos para la agricultura en general e industria agrícola; importaciones y exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos e instalación que se requieran en las respectivas plantaciones y accesorios, tales como maderas, alambres, postes, etcétera; la explotación agrícola, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas en general; la compra, venta, importación y exportación, comercialización de productos alimenticios, bienes muebles, en especial productos agrícolas, fruta fresca ,alimentos frescos, congelados, deshidratados o en cualquiera de sus formas, artículos de decoración, artículos deportivos, ropa o prendas deportivas o de otra índole; maquinarias, motos, motonetas, juegos de entretención, para el deporte y la recreación; exportación, importación, comercialización, distribución de bebidas alcohólicas o analcoholicas, como vinos ,licores, jugos y sus derivados, artículos para el hogar ,oficina e industria, ya sea nuevos o usados, bicicletas y accesorios para bicicletas, bicicletas eléctricas y sus accesorios, repuestos para bicicletas en general; fabricar y ensamblar todo tipo de productos, representar marcas nacionales e internacionales; producción, importación, exportación y comercialización de todo tipo de bebidas como agua mineral con y sin gas; Además podrán actuar como usuarios del sistema de zona franca y/o regímenes de excepción aduanero; o de toda clase de productos relacionados y de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; y cualquier actividad relacionada y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público en la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de abril de 2024, repertorio 3950-2024 ante mí: don Juan Cristóbal Labbé Pinto, Camino el Abad diez mil seiscientos cuarenta y seis, Lo Barnechea, Región Metropolitana; José Rafael Hurtado Braun, Monseñor Sótero Sanz número cien, departamento novecientos uno, Providencia, Región Metropolitana; Samuel José Hurtado Urzúa, Cerro Colorado número cinco mil ochocientos cincuenta y ocho, Las Condes, Región Metropolitana, exponen: Los comparecientes son actualmente los únicos socios de la sociedad denominada Agro Comercial Teckland Limitada, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos cinco guión tres. Por el presente acto e instrumento don Juan Cristóbal Labbé Pinto le vende, cede y transfiere a don Samuel José Hurtado Urzúa, quien compra, adquiere y acepta para sí, el seis coma seis seis cinco por ciento de la totalidad de sus derechos sociales, por el valor equivalente en pesos al día del pago efectivo de ciento sesenta y tres coma cero seis unidades de fomento, pagaderos de la siguiente manera: Con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta y tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veinticuatro; y con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veinticinco.- Por el presente acto e instrumento don José Rafael Hurtado Braun le vende, cede y transfiere a don Samuel José Hurtado Urzúa, quien compra, adquiere y acepta para sí, el trece coma tres tres por ciento de la totalidad de sus derechos sociales, por el valor equivalente en pesos al día del pago efectivo de trescientas veintiséis coma doce unidades de fomento, pagaderos de la siguiente manera: Con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta y tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veinticuatro; y con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veinticinco; Con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta y tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veintiséis; y con la cantidad de ochenta y una coma cincuenta tres unidades de fomento, dentro del primer semestre del año dos mil veintisiete.- Las partes renuncian a las acciones resolutorias que pudieren corresponderles. Como consecuencia de la cesión de intereses, acciones y derechos sociales a que se refiere esta escritura, la sociedad, queda integrada por don Juan Cristóbal Labbé Pinto, con un treinta y tres coma tres tres por ciento, por don José Rafael Hurtado Braun, con un veintiséis coma seis siete cero por ciento y por don Samuel José Hurtado Urzúa con un cuarenta por ciento, como únicos socios, en el capital, derechos y acciones sociales.- Juan Cristóbal Labbé Pinto, José Rafael Hurtado Braun y Samuel José Hurtado Urzúa, acuerdan transformar la persona jurídica señalada en una sociedad por acciones denominada " AGRO COMERCIAL TECKLAND SpA”, y cuyos estatutos son los siguientes: Que vienen en constituir una sociedad por acciones. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN: AGRO COMERCIAL TECKLAND SpA, pudiendo actuar indistintamente con el nombre de TECKLAND SpA. El objeto de la sociedad será la compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, plásticos para la instalación de techos en plantaciones agrícolas o urbanas, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos, demás productos e insumos para la agricultura en general e industria agrícola; importaciones y exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos e instalación que se requieran en las respectivas plantaciones y accesorios, tales como maderas, alambres, postes, etcétera; la explotación agrícola, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas en general; la compra, venta, importación y exportación, comercialización de productos alimenticios, bienes muebles, en especial productos agrícolas, fruta fresca ,alimentos frescos, congelados, deshidratados o en cualquiera de sus formas, artículos de decoración, artículos deportivos, ropa o prendas deportivas o de otra índole; maquinarias, motos, motonetas, juegos de entretención, para el deporte y la recreación; exportación, importación, comercialización, distribución de bebidas alcohólicas o analcoholicas, como vinos ,licores, jugos y sus derivados, artículos para el hogar ,oficina e industria, ya sea nuevos o usados, bicicletas y accesorios para bicicletas, bicicletas eléctricas y sus accesorios, repuestos para bicicletas en general; fabricar y ensamblar todo tipo de productos, representar marcas nacionales e internacionales; producción, importación, exportación y comercialización de todo tipo de bebidas como agua mineral con y sin gas; Además podrán actuar como usuarios del sistema de zona franca y/o regímenes de excepción aduanero; o de toda clase de productos relacionados y de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; y cualquier actividad relacionada y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Podrán los accionistas, de común acuerdo, establecer otras sucursales, agencias o filiales en cualquier otro lugar del país y en el extranjero. La vigencia de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha plazo que se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos de cinco años cada uno de ellos si ninguno de los accionistas da a los otros la noticia de su voluntad de no perseverar en el contrato, mediante aviso otorgado por escritura pública anotado al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación a la expiración del período que corresponda. El capital de la sociedad es la suma de Diez millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles total o parcialmente. El Directorio durará un período de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles. El Directorio durará un período de tres años, al final del cual deberá renovarse total y/o parcialmente. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al Directorio, quien deberá actuar siempre con a lo menos, conjuntamente, dos cualquiera de sus integrantes titulares. El capital social, que, según se establece en el Artículo Quinto del Estatuto, es de diez millones de pesos y encuentra dividido en cien acciones de única serie y sin valor nominal, que ha quedado totalmente suscrito y pagado, ingresado en caja social, de la siguiente manera: a) Juan Cristóbal Labbé Pinto, enteró la suma de tres millones trescientos treinta y tres mil pesos correspondientes a treinta y tres coma tres tres acciones de la sociedad. b) José Rafael Hurtado Braun enteró la suma de dos millones seiscientos sesenta y siete mil pesos correspondientes a veintiséis coma seis siete acciones de la sociedad; y c) Samuel José Hurtado Urzúa enteró la suma de cuatro millones de pesos correspondientes a cuarenta acciones de la sociedad. Se designa al siguiente Directorio provisorio, que tendrá las mismas facultades, derechos y obligaciones que el Directorio definitivo y que se mantendrá en funciones hasta la primera Junta General Ordinaria de Accionistas que hará el nombramiento definitivo: Don Juan Cristóbal Labbé Pinto, Presidente, don José Rafael Hurtado Braun, Secretario, y don Samuel José Hurtado Urzúa, Tesorero. Deberán actuar en la forma indicada en el estatuto. Para todos los efectos legales y en especial con el objeto de dar cumplimiento a los artículos sesenta y nueve y siguientes del Código Tributario, los comparecientes dejan constancia de que " AGRO COMERCIAL TECKLAND SpA" es continuadora legal de " AGRO COMERCIAL TECKLAND LIMITADA", transformada por este instrumento, y que mantiene el mismo rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos cinco guión tres, por lo que asume todo su activo y pasivo a la fecha, y, en consecuencia, es solidariamente responsable de los tributos que pudieren adeudarse por ésta. Santiago, 26 de abril del año 2024.