MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD EDUCACIONAL RUBY MICHELL TREWHELA CHICUREO SpA

RUT 77101838-6 CVE 2489562
Capital
$640.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2024
Repertorio
19080-2024
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$640.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N°178 Piso 5°, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de abril de 2024, Repertorio N°19.080-2024, otorgada ante mí, HUGO ALFREDO CONTRERAS GONZÁLEZ, domiciliado para estos efectos en Avenida Los Conquistadores 1730, oficina 1601, que debidamente facultado en representación de SOCIEDAD EDUCACIONAL RUBY MICHELL TREWHELA CHICUREO SpA anteriormente denominada SOCIEDAD EDUCACIONAL RUBY MICHELL TREWHELA CHICUREO S.A. y en representación de INMOBILIARIA BOLMI II S.A, saneó la fusión de las sociedades “SOCIEDAD EDUCACIONAL RUBY MICHELL TREWHELA CHICUREO S.A” hoy SOCIEDAD EDUCACIONAL RUBY MICHELL TREWHELA CHICUREO SpA e “INMOBILIARIA BOLMI II S.A”, acordada en escritura de fecha 30 de diciembre de 2019, Repertorio N°2609-19, otorgada en La Segunda Notaría de Providencia de don Fernando Celis Urrutia, inscrita a fojas 54.219 número 25.640 Registro Comercio Santiago año 2020. Vicio formal: Contradicción entre escritura y extracto autorizado que fue inscrito y publicado. Se sanea y rectifica escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2019, otorgada en la Segunda Notaría de Providencia de don Fernando Celis Urrutia, bajo el Repertorio número 2609-19, específicamente la CLÁUSULA SEXTA de las disposiciones permanentes de los estatutos sociales: Donde dice 1.000.000 DE ACCIONES, debe decir 100.000 ACCIONES, quedando la cláusula sexta de los estatutos de la siguiente manera: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $640.000.000.- y se dividirá en 100.000 ACCIONES sin valor nominal, todas de una misma serie, el que se suscribirá y pagará en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. Acto seguido, dada la rectificación de la CLÁUSULA SEXTA, en que se señala que el número de acciones es de 100.000 acciones y no 1.000.000 de acciones como erróneamente se señaló en la escritura del año 2019 ya individualizada, se sanean y rectifican las disposiciones transitorias quedando estas como se señala a continuación: “Disposiciones transitorias: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a la cantidad de $640.000.000, dividido en 100.000 ACCIONES nominativas sin valor nominal, está íntegramente suscrito y será pagado de la siguiente forma: uno) La sociedad INMOBILIARIA BOLMI S.A., suscribe la cantidad de 31.875 por un valor de $204.000.000, equivalentes a un 31,875% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; dos) La sociedad EMPRESAS ORQUIDEAS S.A., suscribe la cantidad de 31.875 por un valor de $204.000.000, equivalentes a un 31,875% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; tres) La sociedad INVERSIONES BOLTON KELLY LIMITADA, suscribe la cantidad de 7.250 ACCIONES por un valor de $46.400.000, equivalentes a un 7,25% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; cuatro) La sociedad INVERSIONES Y COMERCIO SODIN LIMITADA, suscribe la cantidad de suscribe la cantidad de 7.250 ACCIONES por un valor de $46.400.000, equivalentes a un 7,25% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; cinco) La sociedad DOREEN BOLTON Y COMPAÑÍA LIMITADA, suscribe la cantidad de 7.250 ACCIONES por un valor de $46.400.000, equivalentes a un 7,25% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; seis) La sociedad VIOLA BOLTON Y COMPAÑÍA LIMITADA HOY INVERSIONES TUKÚKERE LIMITADA, suscribe la cantidad de 7.250 ACCIONES por un valor de $46.400.000, equivalentes a un 7,25% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista; y siete) La sociedad INVERSIONES Y RENTAS PEÑABLANCA SpA, suscribe la cantidad de 7.250 ACCIONES por un valor de $46.400.000, equivalentes a un 7,25% del capital social, los cuales pagó con anterioridad, ya ingresados a la caja social, según antecedentes contables, tributarios y legales tenidos a la vista. Consecuentemente, el capital social quedó totalmente suscrito y pagado.”. Por lo anteriormente expuesto, se sanea y rectifica escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2019, otorgada en la Segunda Notaría de Providencia de don Fernando Celis Urrutia, bajo el Repertorio número 2609-19, saneando y rectificando los vicios formales de conformidad a la ley 19.499, ratificando expresamente todos los actos celebrados en el tiempo intermedio. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 03 de MAYO del año 2024.