CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Masai SpA

CVE 2489183
Fecha instrumento
16 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de abril de 2024
Repertorio
4879-2024
Notario
Andrés Felipe Rieutord Alvarado
Oficio
Trigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Felipe Rieutord Alvarado, notario público titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 16 de abril del año 2024, repertorio N°4.879-2024, ante mí, don Cristóbal Amenábar Vial y doña María Adriana Vial Prieto constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Inversiones Masai SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas o sociedades por acciones, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena y en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. En el mismo acto de constitución el accionista don Cristóbal Amenábar Vial suscribió y pagó, íntegramente y en dinero efectivo, cinco mil acciones, equivalentes al monto de quinientos mil pesos, y la accionista doña María Adriana Vial Prieto suscribió y pagó, íntegramente y en dinero efectivo, cinco mil acciones, equivalentes al monto de quinientos mil pesos. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 30 de Abril del año 2024.