COOPERATIVA DE TRABAJO INCLUSIVA GRANOS PARA LA VIDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2024
- Notario
- IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San Vicente de Tagua Tagua
Sociedad
- N. fantasía
- COOPERATIVA GRANOS PARA LA VIDA
- Capital
- $1.100.000 CLP
- Domicilio
- Pichidegua, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Producir o transformar bienes y prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, con el fin de generar condiciones para la inserción laboral de personas que tengan una discapacidad, entendiendo por éstas aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, en interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás; b) Principalmente se dedicará a la prestación de servicios de cafetería, banquetería, y suministro de comidas en eventos y celebraciones; a la fabricación, procesamiento y comercialización de productos alimenticios, así como a la elaboración y suministro esporádico o permanente de desayunos, almuerzos, cenas y colaciones a personas naturales, empresas y demás instituciones privadas o públicas; c) Asimismo, se dedicará a la prestación de servicios de consultorías, capacitaciones, asesorías técnicas y profesionales, de todo tipo, en especial las relacionadas al rubro de la alimentación y la cocina; d) Mejorar las condiciones de vida de sus socias y socios, por medio del principio de ayuda mutua, reconociendo la importancia de cada persona, desarrollándose en forma unida, colaborativa y sin discriminación; y potenciando las diferentes habilidades, capacidades y creatividad de cada uno(a) para lograr juntos un mejor resultado; e) Fomentar la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad en base al modelo de cooperativas, donde los asociados y asociadas puedan ejercer su derecho a la prestación de servicios en igualdad oportunidades, derechos y obligaciones, potenciando sus habilidades y capacidades de forma conjunta; f) La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias igual neutralidad en sus actividades internas; g) Además, la Cooperativa tendrá como orientación en la forma de llevar a cabo su actividad, los siguientes lineamientos que se desarrollarán en un reglamento de régimen interno: en el funcionamiento se velará por la equidad de género, tanto en la remuneración de los y las trabajadores/as, en las oportunidades de trabajo y en todo el funcionamiento transversal de la Cooperativa. La Cooperativa generará condiciones de trabajo seguro para sus empleados y empleadas, con sueldos y horarios dignos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, con domicilio en calle Carmen Gallegos 320, certifico: Por escritura pública, otorgada con fecha 23 de abril de 2024, se redujo el acta de Constitución de la COOPERATIVA DE TRABAJO INCLUSIVA GRANOS PARA LA VIDA LIMITADA, celebrada el 20 de abril 2024: Razón Social: COOPERATIVA DE TRABAJO INCLUSIVA GRANOS PARA LA VIDA LIMITADA; sigla o nombre de fantasía: COOPERATIVA GRANOS PARA LA VIDA. Domicilio: Pichidegua, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) Producir o transformar bienes y prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias, con el fin de generar condiciones para la inserción laboral de personas que tengan una discapacidad, entendiendo por éstas aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, en interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás; b) Principalmente se dedicará a la prestación de servicios de cafetería, banquetería, y suministro de comidas en eventos y celebraciones; a la fabricación, procesamiento y comercialización de productos alimenticios, así como a la elaboración y suministro esporádico o permanente de desayunos, almuerzos, cenas y colaciones a personas naturales, empresas y demás instituciones privadas o públicas; c) Asimismo, se dedicará a la prestación de servicios de consultorías, capacitaciones, asesorías técnicas y profesionales, de todo tipo, en especial las relacionadas al rubro de la alimentación y la cocina; d) Mejorar las condiciones de vida de sus socias y socios, por medio del principio de ayuda mutua, reconociendo la importancia de cada persona, desarrollándose en forma unida, colaborativa y sin discriminación; y potenciando las diferentes habilidades, capacidades y creatividad de cada uno(a) para lograr juntos un mejor resultado; e) Fomentar la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad en base al modelo de cooperativas, donde los asociados y asociadas puedan ejercer su derecho a la prestación de servicios en igualdad oportunidades, derechos y obligaciones, potenciando sus habilidades y capacidades de forma conjunta; f) La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias igual neutralidad en sus actividades internas; g) Además, la Cooperativa tendrá como orientación en la forma de llevar a cabo su actividad, los siguientes lineamientos que se desarrollarán en un reglamento de régimen interno: en el funcionamiento se velará por la equidad de género, tanto en la remuneración de los y las trabajadores/as, en las oportunidades de trabajo y en todo el funcionamiento transversal de la Cooperativa. La Cooperativa generará condiciones de trabajo seguro para sus empleados y empleadas, con sueldos y horarios dignos. Capital: El capital suscrito y pagado es la suma de $1.100.000.- dividido en 1.100 cuotas de participación, de un valor inicial de $1.000 cada una. Concurrieron 11 socios y socias. Demás estipulaciones escritura extractada. San Vicente de Tagua Tagua, 23 de abril de 2024.