Sociedad Centro de Educación Cognitiva Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2023
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Fernando José González Gatica, domiciliado en Dunkerque 9133, Las Condes; Alejandra Eugenia Morales Aldunate, domiciliada en Gambetta Sur 1036, San Miguel; Violeta Macarena Prieto Vásquez, domiciliada en Santa Fe 830, San Miguel; y Ana María de los Ángeles González Gatica, domiciliada en Ángel Pino 130, Ñuñoa, acordaron modificar los estatutos de “Sociedad Centro de Educación Cognitiva Limitada”, sociedad constituida por escritura pública otorgada el 28 de noviembre de 2023 ante este Notario, un extracto de la cual fue inscrito a fojas 105.038, número 44.740 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, y se publicó en el Diario Oficial del 14 de diciembre de 2023, en adelante la “Sociedad”, a efectos de dejar constancia en ellos que las socias Alejandra Eugenia Morales Aldunate y Violeta Macarena Prieto Vásquez vendieron, cedieron y transfirieron, en la forma y proporción indicada en la escritura extractada, la totalidad de los derechos que cada una de ellas tenía en la Sociedad, a Fernando José González Gatica y a Ana María de los Ángeles González Gatica, quien por tanto ingresa como socia a la Sociedad.- Como consecuencia de lo anterior, se retiraron de la sociedad Alejandra Eugenia Morales Aldunate y Violeta Macarena Prieto Vásquez, quedando como únicos socios Fernando José González Gatica con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales y doña Ana María de los Ángeles González Gatica, con el uno por ciento de los derechos sociales. Los nuevos socios acordaron modificar los estatutos sociales conforme se señala a continuación: Modificar el artículo quinto por el siguiente: “Artículo Quinto.- El capital de la Sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios han aportado en las siguientes proporciones: (a) Fernando José González Gatica, el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y (b) Ana María de los Ángeles González Gatica, el uno por ciento de los derechos sociales.- La totalidad de los derechos sociales se encuentran íntegramente pagados y aportados a la Sociedad, la que representada por todos sus socios declara haber recibido conforme y a su entera satisfacción.-” Además, los actuales socios de la Sociedad acordaron reformar el artículo octavo de los estatutos, en el sentido que la representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio Fernando José González Gatica, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, conforme a lo indicado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 26 de abril de 2024.