INVERSIONES SURGE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Duración
- 50 años contados desde la escritura de constitución, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en los estatutos sociales
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, en Chile y en el extranjero, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; /b) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de toda clase de predios y)o bienes raíces para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales, ya sea de bienes raíces urbanos o rurales; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los demás negocios, inversiones, actos y contratos que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don ANTONIO JOSÉ PIRIZ GARCÍA DE LA HUERTA con amplias facultades señaladas en la escritura extractada. En caso de fallecimiento, ausencia o incapacidad sobreviniente de don Antonio José Piriz García de La Huerta, la administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad corresponderá a doña CLAUDIA PATRICIA PAVEZ VERDI, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico:por escritura pública de fecha 23 de abril del año 2024, ante mí, don ANTONIO JOSÉ PIRIZ GARCÍA DE LA HUERTA, y doña CLAUDIA PATRICIA PAVEZ VERDI, ambos domiciliados para estos efectos en Espoz 2682, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES SURGE LIMITADA”, pudiendo actuar inclusive ante los bancos con el nombre de “INVERSIONES SURGE LTDA.”. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don ANTONIO JOSÉ PIRIZ GARCÍA DE LA HUERTA con amplias facultades señaladas en la escritura extractada. En caso de fallecimiento, ausencia o incapacidad sobreviniente de don Antonio José Piriz García de La Huerta, la administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad corresponderá a doña CLAUDIA PATRICIA PAVEZ VERDI, con amplias facultades. Capital: $500.000, que los socios han enterado íntegramente en las siguientes formas y proporciones: a) ANTONIO JOSÉ PIRIZ GARCÍA DE LA HUERTA, la suma de $250.000, que representa el 50% del capital social; y b) CLAUDIA PATRICIA PAVEZ VERDI, la suma de $250.000, que representa el 50% del capital social. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, en Chile y en el extranjero, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; /b/ La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) La compraventa, comercialización, arrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de toda clase de predios y/o bienes raíces para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales, ya sea de bienes raíces urbanos o rurales; y d) En general, ejecutar y celebrar todos los demás negocios, inversiones, actos y contratos que los socios acuerden. Duración: 50 años contados desde la escritura de constitución, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma indicada en los estatutos sociales. Santiago, 30 de abril de 2024.