MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INDUSTRIA DE ALIMENTOS RUISEÑOR SpA

RUT 77035434-K CVE 2489002
Fecha instrumento
24 de abril de 2024
Notaría
Santiago N

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2024
Comuna
Santiago N

Administración

La Sociedad será administrada por dos o más administradores, en adelante el “Administrador” o los “ Administradores”, quienes podrán ser accionista o no de la Sociedad, persona natural, que en el caso de ser más de dos, deberán actuar de manera conjunta, al menos dos de ellos, y a quienes les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. El Administrador o los administradores serán designados, y podrán ser revocados, por el voto conforme del ochenta porciento de las acciones emitidas con derecho a voto. El Administrador o los administradores durarán en sus funciones hasta que sea reemplazado por acuerdo de los accionistas, adoptado con el voto conforme al ochenta porciento de las acciones emitidas con derecho a voto. El acta en que conste el acuerdo de los accionistas deberá ser reducida a escritura pública. El Administrador o los administradores podrán ser reelegidos indefinidamente y podrán o no ser remunerados por sus funciones.”.- demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 29 abril de 2024.- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario titular de 49 Notaria de Santiago N.P

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario titular de la 49º Notaria, Amunategui 73, Santiago, certifica: Por escritura de fecha 24 de abril de 2024 hoy, ante mí, comparecen: MIGUEL ÁNGEL RUISEÑOR SOTOMAYOR, C,I, N° 13.670.061-8, JAIME ANDRÉS RUISEÑOR SOTOMAYOR, C.I. N° 12.872.553-9 y FRANCISCO JAVIER RUISEÑOR SOTOMAYOR, C.I. Nº 17.601.310-9, todos Ahumada 312, of. 705, Santiago, actuales únicos accionistas y titulares del cien por ciento de las acciones y derechos sociales, según libro de accionistas que el Notario tuvo a la vista, de la sociedad con razón social “INDUSTRIA DE ALIMENTOS RUISEÑOR SpA”, su extracto se encuentra inscrito a fojas 47.636, número 23.737, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019; los comparecientes vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: modifican el artículo noveno de los estatutos de la sociedad, quedando de la siguiente manera: “ARTICULO NOVENO: Administración y Representación: La Sociedad será administrada por dos o más administradores, en adelante el “Administrador” o los “ Administradores”, quienes podrán ser accionista o no de la Sociedad, persona natural, que en el caso de ser más de dos, deberán actuar de manera conjunta, al menos dos de ellos, y a quienes les corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. El Administrador o los administradores serán designados, y podrán ser revocados, por el voto conforme del ochenta porciento de las acciones emitidas con derecho a voto. El Administrador o los administradores durarán en sus funciones hasta que sea reemplazado por acuerdo de los accionistas, adoptado con el voto conforme al ochenta porciento de las acciones emitidas con derecho a voto. El acta en que conste el acuerdo de los accionistas deberá ser reducida a escritura pública. El Administrador o los administradores podrán ser reelegidos indefinidamente y podrán o no ser remunerados por sus funciones.”.- demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 29 abril de 2024.- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario titular de 49 Notaria de Santiago N.P.