MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MEDICA DE PROFESIONALES SAN DIEGO LIMITADA

RUT 77393907-1 CVE 2488510
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2022
Notario
Paulina Celis Maggi
Oficio
Interina de la Segunda Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, domiciliada en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa cuarenta y uno, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don JAIME VALENCIA ARIAS, domiciliado en Los Alerces A – catorce, Condominio El Algarrobal Uno, Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; don FERNANDO EMILIO LOLUZO GUEDES, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa treinta y ocho, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa cuarenta y uno, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don JEAN PAUL ANDRADE VELASQUEZ, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil cuatrocientos veintisiete, casa ochenta, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada “SOCIEDAD MEDICA DE PROFESIONALES SAN DIEGO LIMITADA”, nombre de fantasía “CLINICA ESTETICA SAN DIEGO LTDA.” constituida 19/05/2021, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a fojas 45743 Nº 21125 Registro Comercio Santiago año 2021, publicado Diario Oficial 14/06/2021; modificada por escritura pública de fecha 11/11/2022, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a fojas 103632 Nº 45579 Registro Comercio Santiago año 2022, publicado Diario Oficial 12/12/2022. Modificación consiste: Uno) don FERNANDO EMILIO LOLUZO GUEDES, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalentes al 15% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueño, a doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $300.000.-; y Dos) don JEAN PAUL ANDRADE VELASQUEZ, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 15% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueño, a don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $300.000.- Quedan como únicos socios doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, con el 45% de los derechos totales de la sociedad, don JAIME VALENCIA ARIAS, con el 30% de los derechos totales de la sociedad, y don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, con el 25% de los derechos totales de la sociedad, quienes modifican cláusulas 3ª y 4ª del pacto social primitivo por las siguientes: “TERCERO: Administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá indistinta y separadamente a los socios JAIME VALENCIA ARIAS y XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, con amplias facultades, salvo limitaciones detalladas escritura extractada”; y “CUARTO: Capital $2.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, aporta y entera la suma de $900.000, equivalente al 45% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; b) Don JAIME VALENCIA ARIAS, aporta y entera la suma de $600.000, equivalente al 30% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; c) Don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, aporta y entera la suma de $500.000, equivalente al 25% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social.- En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 04 de Abril de 2024.