SOCIEDAD MEDICA DE PROFESIONALES SAN DIEGO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Notario
- Paulina Celis Maggi
- Oficio
- Interina de la Segunda Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, domiciliada en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa cuarenta y uno, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don JAIME VALENCIA ARIAS, domiciliado en Los Alerces A – catorce, Condominio El Algarrobal Uno, Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; don FERNANDO EMILIO LOLUZO GUEDES, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa treinta y ocho, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil quinientos veintisiete, casa cuarenta y uno, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; don JEAN PAUL ANDRADE VELASQUEZ, domiciliado en Camino de la Naturaleza número seis mil cuatrocientos veintisiete, casa ochenta, comuna de La Florida, ciudad de Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada “SOCIEDAD MEDICA DE PROFESIONALES SAN DIEGO LIMITADA”, nombre de fantasía “CLINICA ESTETICA SAN DIEGO LTDA.” constituida 19/05/2021, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a fojas 45743 Nº 21125 Registro Comercio Santiago año 2021, publicado Diario Oficial 14/06/2021; modificada por escritura pública de fecha 11/11/2022, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a fojas 103632 Nº 45579 Registro Comercio Santiago año 2022, publicado Diario Oficial 12/12/2022. Modificación consiste: Uno) don FERNANDO EMILIO LOLUZO GUEDES, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalentes al 15% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueño, a doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $300.000.-; y Dos) don JEAN PAUL ANDRADE VELASQUEZ, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 15% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueño, a don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $300.000.- Quedan como únicos socios doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, con el 45% de los derechos totales de la sociedad, don JAIME VALENCIA ARIAS, con el 30% de los derechos totales de la sociedad, y don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, con el 25% de los derechos totales de la sociedad, quienes modifican cláusulas 3ª y 4ª del pacto social primitivo por las siguientes: “TERCERO: Administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá indistinta y separadamente a los socios JAIME VALENCIA ARIAS y XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, con amplias facultades, salvo limitaciones detalladas escritura extractada”; y “CUARTO: Capital $2.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña PAOLA ELIZABETH HIDROVO CACERES, aporta y entera la suma de $900.000, equivalente al 45% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; b) Don JAIME VALENCIA ARIAS, aporta y entera la suma de $600.000, equivalente al 30% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; c) Don XAVIER ANTONIO MORENO RIVERA, aporta y entera la suma de $500.000, equivalente al 25% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social.- En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 04 de Abril de 2024.