SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2024
- Repertorio
- 2036-2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.338.874.467 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa N° 1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, certifica mediante escritura pública de fecha 27 de marzo de 2024, bajo repertorio N° 2036-2024, comparecieron: /Uno/ don RICARDO IGNACIO CRUZAT INFANTE; /Dos/ doña PAZ OCHAGAVÍA VALDÉS; y /Tres/ SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA, debidamente representada por Ricardo Ignacio Cruzat Infante y por Paz Ochagavía Valdés /en adelante, conjuntamente como los “Socios”/; todos con domicilio en calle Napoleón número tres mil quinientos veintisiete, departamento ocho, comuna de Las Condes, Santiago; los comparecientes, en relación con la “SOCIEDAD AGRÍCOLA EL CÁNTARO LIMITADA”, rol único tributario N° 79.870.400-1 /en adelante, la “Sociedad”/ inscrita fojas 1.133, número 555 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1989, acordaron lo siguiente: /Uno/ Rectificar escritura pública de modificación de la Sociedad, de fecha 18 de mayo de 2007, otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente e inscrita a fojas 24.512 número 17.925 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, que ajustaba el monto del capital estatutario. Se rectificó en el sentido de dar cuenta de la errata tipográfica en el monto del capital, que señalaba que éste sería la suma de $1.338.874.467, en circunstancias que debió decir “$846.761.572”; /Dos/ Conforme a lo anterior, los Socios acordaron la modificación del Artículo Sexto de los estatutos sociales, reemplazando íntegramente su texto con el fin de ajustar el Capital acorde a la rectificación señalada, quedando redactado en la forma siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de $846.761.572, enteramente pagado, que los Socios aportaron de la siguiente manera y cantidad: i) el señor Ricardo Ignacio Cruzat Infante aportó la suma total de $118.197.754, equivalente al 13,9588% de los derechos sociales; ii) la señora Paz Ochagavía Valdés aportó la suma total de $118.197.754, equivalente al 13,9588% de los derechos sociales; y iii) la Sociedad Agrícola HERCO Limitada aportó la suma total de $610.366.064, equivalente al 72,0824% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social, en especial, lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 2 de abril de 2024.