SERVICIOS VETERINARIOS QUIROS FUENZALIDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de las socias Camila Daniela Marañón Prieto y Claudia Alejandra Vásquez Gacitúa quienes representaran a la sociedad con las más amplias facultades de administración, actuando en la forma que indica la escritura;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, domiciliado en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 17 de abril de 2024, ante mí, NATALIA QUIRÓS PICADO, cédula nacional de identidad número 23.625.606-5; y JOSÉ MANUEL FUENZALIDA POBLETE, cédula nacional de identidad número 18.661.6103-3; ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Italia 2025 departamento 313, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad es “SERVICIOS VETERINARIOS QUIROS FUENZALIDA LIMITADA”; Objeto: La sociedad tiene por objeto: La prestación de asesorías y servicios médicos veterinarios; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado en forma automática por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de los socios podrá manifestar su intención de poner término al plazo original o cualquiera de sus prórrogas mediante escritura pública debidamente inscrita al margen de la matriz, con una anticipación mínima de sesenta días; Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de las socias Camila Daniela Marañón Prieto y Claudia Alejandra Vásquez Gacitúa quienes representaran a la sociedad con las más amplias facultades de administración, actuando en la forma que indica la escritura; Capital: El capital social es la suma de seiscientos mil de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Natalia Quirós Picado, aporta la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados en este acto a la caja social, y; b) don José Manuel Fuenzalida Poblete, aporta la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento del capital social, íntegramente pagados y enterados en este acto a la caja social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2024.