MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Forestal Terrasur Limitada

RUT 76003128-3 CVE 2487809
Capital
$37.647.389 CLP
Fecha instrumento
18 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2024
Repertorio
2678
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$37.647.389 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público, Titular 2° Notaría Santiago, Avenida La Dehesa 1201, local 101, comuna Barnechea, certifica que, por escritura pública de fecha 18 de abril de 2024, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 2.678, LHF Foreign, LLC, TRG Long Horizons Forestry Fund A, LP, y TRG Long Horizons Forestry Fund B, LP, todos domiciliados en Avenida Vitacura 2939, oficina 2402, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos socios de la sociedad Forestal Terrasur Limitada (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 49.083 número 34.810 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, acordaron: (i) Rectificar escritura pública: rectificar la escritura pública de fecha 27 de noviembre de dos mil veintitrés, otorgada en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio 17.828/2023, en el sentido de indicar correctamente el capital pagado y aportado por LHF FOREIGN, LLC, el cual asciende a la suma de $37.638.859.926. Como consecuencia de la rectificación, los socios de la Sociedad acordaron modificar los estatutos y reemplazar íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital Social es la suma de treinta y siete mil seiscientos cuarenta y siete millones trescientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro pesos, el que se paga y pagará por los socios de la siguiente forma: i) LHF FOREIGN, LLC ha suscrito y pagado un noventa y nueve coma novecientos setenta y siete mil trescientos cuarenta y dos millones doscientos cinco mil ochocientos doce por ciento del capital e interés social, equivalente a la suma de treinta y siete mil seiscientos treinta y ocho millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos veintiséis pesos; ii) TRG LONG HORIZONS FORESTRY FUND A, LP ha suscrito un cero coma cero ciento catorce mil seiscientos veinticinco millones setecientos ochenta y un mil cuarenta y siete por ciento del capital e interés social, equivalente a la suma aproximada de cuatro millones trescientos quince mil trescientos sesenta y uno pesos.-, respecto de la cual, la suma de cuatro millones ciento sesenta y seis mil setecientos cincuenta y siete pesos se encuentra íntegramente pagada; la suma de cincuenta mil novecientos nueve pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veinte de diciembre de dos mil veintidós; la suma de cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y ocho pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veintinueve de mayo de dos mil veintitrés; y la suma de cincuenta y un mil setecientos cuarenta y siete pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés; y iii) TRG LONG HORIZONS FORESTRY FUND B, LP, ha suscrito un cero coma cero ciento once mil novecientos cincuenta y dos millones ciento sesenta mil ochocientos treinta y tres por ciento del capital e interés social, equivalente a la suma aproximada de cuatro millones doscientos catorce mil setecientos siete pesos.-, respecto de la cual, la suma de cuatro millones sesenta y nueve mil quinientos sesenta y ocho pesos se encuentra íntegramente pagada; la suma de cuarenta y nueve mil setecientos veintidós pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veinte de diciembre de dos mil veintidós; la suma de cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y siete pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veintinueve de mayo de dos mil veintitrés; y la suma de cincuenta mil quinientos cuarenta pesos pendiente de pago, la que deberá ser pagada dentro del plazo máximo de tres años contados desde el veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés”. (ii) Aumento de capital: aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $37.647.389.994 a la nueva suma de $38.138.684.994. Este aumento de capital, ascendente a $491.295.000, se entera en dinero efectivo a la caja social por parte de los socios LHF Foreign, LLC, TRG Long Horizons Forestry Fund A, LP y TRG Long Horizons Forestry Fund B, LP, de conformidad a lo siguiente: (a) LHF Foreign, LLC aporta la suma de $491.183.683 pesos, la que paga al contado y en dinero efectivo en la fecha de la escritura extractada; (b) TRG Long Horizons Forestry Fund A, LP aporta la suma de $56.315 pesos, la que paga al contado y en dinero efectivo en la fecha de la escritura extractada, y (c) TRG Long Horizons Forestry Fund B, LP aporta la suma de $55.002 pesos, la que paga al contado y en dinero efectivo en la fecha de la escritura extractada. (iii) Modificación de estatutos: Como consecuencia del aumento de capital se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital Social es la suma de $38.138.684.994, el que se paga y pagará por los socios de la siguiente forma: i) LHF FOREIGN, LLC ha suscrito un 99,977342205812% del capital e interés social, equivalente a la suma de $38.130.043.609.-, la que se encuentra íntegramente pagada; ii) TRG LONG HORIZONS FORESTRY FUND A, LP ha suscrito un 0,0114625781047% del capital e interés social, equivalente a la suma aproximada de $4.371.677.-, la que se encuentra íntegramente pagada. iii) TRG LONG HORIZONS FORESTRY FUND B, LP, ha suscrito un 0,0111952160833% del capital e interés social, equivalente a la suma aproximada de $4.269.708.-, la que se encuentra íntegramente pagada”. En todo lo no modificado en la escritura extractada se mantiene plenamente vigente el estatuto social, especialmente respecto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Lo Barnechea, a 26 de abril de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.