MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRO-COMERCIAL PURA VIDA LIMITADA

RUT 78797660-3 CVE 2487855
Capital
$287.949.339 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2024
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$287.949.339 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública ante mí, de fecha 9 de abril de 2024, repertorio número 5.949-2024, don DOMINGO CRISTOBAL EDUARDO SANTA MARÍA MUJICA, cédula de identidad número 9.609.184-2, INVERSIONES NA-CATA LIMITADA, rol único tributario número 78.728.800-6, doña MATILDE SANTA MARÍA IZQUIERDO, cédula de identidad número 22.144.380-2, don DOMINGO JOSÉ SANTA MARÍA IZQUIERDO, cédula de identidad número 19.891.818- 0, doña CLARA SANTA MARÍA IZQUIERDO, cédula de identidad número 21.308.501-8, y doña CATALINA SANTA MARÍA IZQUIERDO, cédula de identidad número 19.309.820-7, todos domiciliados en calle Ricardo Santa Cruz número 572, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso, acordaron modificar la sociedad AGRO-COMERCIAL PURA VIDA LIMITADA, rol único tributario número 78.797.660-3, en el siguiente sentido: (i) don Domingo Cristóbal Eduardo Santa María Mujica, por mera liberalidad y a título gratuito, donó la totalidad de su participación en Agro-Comercial Pura Vida Limitada, esto es, el 47 por ciento de los derechos sociales, de la siguiente forma: a don Domingo José Santa María Izquierdo le donó, quien recibió y aceptó para sí, el 11,75 por ciento de los derechos sociales; a doña Clara Santa María Izquierdo le donó, quien recibió y aceptó para sí, el 11,75 por ciento de los derechos sociales; a doña Catalina Santa María Izquierdo le donó, quien recibió y aceptó para sí, el 11,75 por ciento de los derechos sociales; y a doña Matilde Santa María Izquierdo le donó, para quien recibieron y aceptaron sus representantes legales, el 11,75 por ciento de los derechos sociales. (ii) Como consecuencia de las donaciones antes indicadas, se incorporaron como socios de Agro-Comercial Pura Vida Limitada don Domingo José Santa María Izquierdo, doña Clara Santa María Izquierdo, doña Catalina Santa María Izquierdo y doña Matilde Santa María Izquierdo, y se retiró el socio don Domingo Cristóbal Eduardo Santa María Mujica, por lo que quedaron como únicos socios Inversiones Na-Cata Limitada con el 53 por ciento del capital e interés social, Domingo José Santa María Izquierdo con 11,75 por ciento del capital e interés social, Clara Santa María Izquierdo con 11,75 por ciento del capital e interés social, Catalina Santa María Izquierdo con 11,75 por ciento del capital e interés social, y Matilde Santa María Izquierdo con 11,75 por ciento del capital e interés social. (iii) Como consecuencia de los acuerdos indicados en los números anteriores, se modificó el Artículo Tercero de los estatutos de Agro-Comercial Pura Vida Limitada, en las siguientes materias extractables: Capital: El capital de la sociedad será la suma de 287.949.339 pesos que los socios aportaron, pagaron y enteraron con anterioridad a esta fecha, de la siguiente forma: Uno) Inversiones Na-Cata Limitada aportó, pagó y enteró la suma de 152.613.150 pesos, equivalentes, aproximadamente, al 53 por ciento del capital social; Dos) doña Catalina Santa María Izquierdo aportó, pagó y enteró la suma de 33.834.047 pesos, equivalentes, aproximadamente, al 11,75 por ciento del capital social; Tres) don Domingo Santa María Izquierdo aportó, pagó y enteró la suma de 33.834.047 pesos, equivalentes, aproximadamente, al 11,75 por ciento del capital social; Cuatro) doña Clara Santa María Izquierdo aportó, pagó y enteró la suma de 33.834.047 pesos, equivalentes, aproximadamente, al 11,75 por ciento del capital social; y Cinco) doña Matilde Santa María Izquierdo aportó, pagó y enteró la suma de 33.834.048 pesos, equivalentes, aproximadamente, al 11,75 por ciento del capital social. (iv) A su vez, se acordó modificar el Artículo Décimo Primero de los estatutos de Agro-Comercial Pura Vida Limitada, relativo al arbitraje al que serán sometidas las controversias sociales, en materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Agro-Comercial Pura Vida Limitada se encuentra inscrita a fojas 14, número 23, del Registro de Comercio de Quillota correspondiente al año 1996.- Santiago, 10 de abril de 2024.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.