MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA COLLONCURA LIMITADA

RUT 76380961-7 CVE 2487426
Capital
$150.000 CLP
Fecha instrumento
19 de abril de 2024
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
19 de abril de 2024
Repertorio
926/2024
Notario
ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO
Oficio
5ª Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$150.000 CLP
Domicilio
Por otra parte, con respecto a la designación del representante o apoderado que aquí se efectúa, la inclusión del nombre del designado en el extracto autorizado de la presente escritura que será publicado en el Diario Oficial e Inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo en cumplimiento con la Ley aplicable, se considerará suficiente para dar cumplimiento a lo previsto al efecto en los estatutos sociales de la Sociedad. En lo no modificado mantienen plenamente vigente pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Público Interino 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 19.04.2024, Repertorio 926/2024, ante mí; don CRISTIAN EDUARDO MORAN LARENAS, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad diez millones setecientos noventa mil doscientos sesenta y cuatro guión tres; don FERNANDO MAURICIO MADARIAGA LARENAS, chileno, soltero, ingeniero, cédula de identidad doce millones novecientos catorce mil quinientos guión tres, ambos domiciliados para estos efectos en calle Campos número quinientos cincuenta y uno de la comuna de Rancagua, doña DANIELA ISABEL MORAN ACEVEDO, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos treinta y tres mil novecientos cincuenta y seis guión seis y don CRISTIAN ALONSO MORAN ACEVEDO, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 19.679.185-K, ambos domiciliados en Hijuela dieciséis, Chancón, comuna de Rancagua, modificaron sociedad responsabilidad limitada SOCIEDAD INMOBILIARIA COLLONCURA LIMITADA, rut 76.380.961-7, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario Público Interino, de la Cuarta Notaría de Rancagua, don Gonzalo Brion Vargas, de asiento en la comuna de Graneros, de Rancagua, con fecha ocho de mayo del año dos mil catorce, inscribiéndose su extracto a fojas setecientos setenta y siete número seiscientos cuarenta y seis del Registro de Comercio del año dos mil catorce, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, y publicado en el Diario Oficial de fecha dieciséis de junio del año dos mil catorce; en sentido de : 1.- don Cristián Eduardo Moran Larenas, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al noventa por ciento de la participación social de la manera y a las personas que siguen: a) a Fernando Mauricio Madariaga Larenas, los derechos y acciones sociales equivalentes al cuarenta por ciento de la participación social, quien compra acepta y adquiere para sí, el referido porcentaje de participación social y propiedad de la compañía, en el precio de sesenta y siete millones quinientos mil pesos, los cuales se pagarán en veinticuatro cuotas mensuales y sucesivas de dos millones ochocientos doce mil quinientos pesos, pagándose la primera cuota en este acto por el cesionario y recibido por el cedente a su entera y total satisfacción, las demás cuotas deberán pagarse en los primeros cinco días de cada mes, en el domicilio del cedente. b) a Daniela Isabel Moran Acevedo, los derechos y acciones sociales equivalentes al veinticinco por ciento de la participación social, quien compra acepta y adquiere para sí, el referido porcentaje de participación social y propiedad de la compañía, en el precio de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil pesos, los cuales se pagarán en treinta cuotas mensuales y sucesivas de un millón trescientos setenta y cinco mil pesos, pagándose la primera cuota en este acto por el cesionario y recibido por el cedente a su entera y total satisfacción, las demás cuotas deberán pagarse en los primeros cinco días de cada mes, en el domicilio del cedente.y c) a don Cristián Alonso Morán Acevedo, vende, cede y transfiere los derechos y acciones sociales equivalentes al veinticinco por ciento de la participación social, y propiedad de la compañía, en el precio de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil pesos, los cuales se pagarán en treinta cuotas mensuales y sucesivas de un millón trescientos setenta y cinco mil pesos, pagándose la primera cuota en este acto por el cesionario y recibido por el cedente a su entera y total satisfacción, las demás cuotas deberán pagarse en los primeros cinco días de cada mes, en el domicilio del cedente. 2. Ingresan entonces como nuevos socios Daniela Isabel Moran Acevedo y don Cristián Alonso Morán Acevedo, con un veinticinco por ciento de la participación social cada uno, en precio y condiciones de pago indicadas en escritura extractada. 3. Como consecuencia de esta venta de derechos sociales, se retira de la sociedad don Cristian Eduardo Moran Larenas, quedando como únicos y exclusivos socios e integrantes de Sociedad Inmobiliaria Colloncura Limitada don Fernando Mauricio Madariaga Larenas, quien detenta el cincuenta por ciento de los derechos y acciones sociales, a doña Daniela Isabel Morán Acevedo, a quien le corresponde el veinticinco por ciento de los derechos y acciones sociales y a don Cristian Alonso Moran Acevedo, con un veinticinco por ciento de los derechos y acciones sociales. Se deja expresa constancia y a fin de practicar las publicaciones de rigor el capital de la sociedad asciende a la suma de ciento cincuenta millones de pesos. ($150.000.000) 4.- la administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá conjunta o indistintamente a los socios Fernando Mauricio Madariaga Larenas, Daniela Isabel Moran Acevedo y a don Cristian Alonso Moran Acevedo, asimismo los socios en virtud de sus calidades de administradores de la misma, designan como representante, apoderado y administrador, para que ejerza de manera conjunta o indistintamente a los socios, la representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social, al señor CRISTIAN EDUARDO MORAN LARENAS, quien anteponiendo a su firma a la razón social, podrá representar y administrar la Sociedad y hacer uso de la razón social con todas y cada una de las facultades y atribuciones establecidas en la cláusula relativa a ella de los estatutos sociales. Se deja expresa constancia que esta estipulación que contiene la designación del representante o apoderado hecha por los socios, no se considerará parte integrante de SOCIEDAD INMOBILIARIA COLLONCURA LIMITADA, por lo cual podrán, en cualquier tiempo, libremente revocar o substituir al representante por medio de una escritura pública, la cual se anotará al margen de la inscripción del extracto de la constitución de la sociedad en el Registro de Comercio de su domicilio social. Por otra parte, con respecto a la designación del representante o apoderado que aquí se efectúa, la inclusión del nombre del designado en el extracto autorizado de la presente escritura que será publicado en el Diario Oficial e Inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo en cumplimiento con la Ley aplicable, se considerará suficiente para dar cumplimiento a lo previsto al efecto en los estatutos sociales de la Sociedad. En lo no modificado mantienen plenamente vigente pacto social. Demás cláusulas constan escritura extractada. Rancagua, 29 de abril de 2024.