MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MOVIMIENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DE CARGA LIMITADA

RUT 79581230-K CVE 2487417
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
21 de marzo de 2024
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2024
Repertorio
900
Notario
PAOLA DEBORAH STACK LARA
Oficio
Cuarta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA DEBORAH STACK LARA, Abogado y Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, con Oficio en Avda. Libertad 901, certifico: Por escritura ante mí, 21 de marzo de 2024, Repertorio N°900, señores don GUILLERMO ANTONIO MORALES ANABALON, domiciliado en calle Las Rosas número cuatro mil setecientos veintinueve, comuna de Olmué y de paso en ésta; don GUILLERMO ANDRES MORALES COSSIO, domiciliado en calle Siete Norte número setenta y uno, departamento cuarenta y uno, comuna de Viña del Mar; doña GABRIELA PATRICIA MORALES COSSIO, domiciliada en calle Miraflores número cuatrocientos cuarenta y dos, departamento mil trescientos tres, comuna de Viña del Mar; doña VERONICA PAZ MORALES COSSIO, domiciliada en Amunátegui número mil novecientos cuarenta y seis, Torre D, departamento quinientos tres, Recreo, comuna de Viña del Mar; doña MARCELA CECILIA MORALES COSSIO, domiciliada en calle Los Girasoles número mil ciento noventa y cinco, Jardín de Los Andes, comuna de Rancagua y de paso en ésta; y doña GABRIELA PIZARRO SILVA domiciliada en Avenida las Condes catorce mil setecientos sesenta, Santiago y de paso en ésta, modificaron sociedad “MOVIMIENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DE CARGA LIMITADA” o “MUNDICARGO LIMITADA” o “WORLD CARGO LTDA.” constituida por escritura pública de fecha veinticinco de Junio de mil novecientos ochenta y cinco y por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Valparaíso don Atilio Ramírez Alvarado, cuyo extracto quedó inscrito a fojas seiscientos cuarenta y cinco vuelta número cuatrocientos treinta y ocho en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año mil novecientos ochenta y cinco, no modificada posteriormente. Modificación consiste: 1.- Consignar que con fecha dieciséis de Enero de dos mil veintidós, falleció la socia doña Cecilia Mabel Cossio Hughes, titular del cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales. La posesión efectiva intestada de la causante ha sido otorgada por Resolución Exenta número cinco mil novecientos setenta de trece de Mayo de dos mil veintidós de la Dirección del Servicio de Registro Civil e Identificación de Rancagua, inscripción número treinta y ocho mil ciento cincuenta y tres. El otorgamiento de la posesión efectiva de los bienes de la causante y el pago total del impuesto de herencia ha sido objeto de anotación marginal en la inscripción de fojas seiscientos cuarenta y cinco vuelta número cuatrocientos treinta y ocho en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año mil novecientos ochenta y cinco, habiéndose agregado copia de la Resolución de posesión efectiva y certificado de pago total de impuesto de herencia bajo los números cuatrocientos cuarenta y ocho y cuatrocientos cuarenta y nueve al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año dos mil veintitrés. La herencia ha sido otorgada a su cónyuge sobreviviente don GUILLERMO MORALES ANABALON y a sus hijos don GUILLERMO ANDRES MORALES COSSIO, doña GABRIELA PATRICIA MORALES COSSIO, doña VERONICA PAZ MORALES COSSIO y doña MARCELA CECILIA MORALES COSSIO.- 2.- Don GUILLERMO ANDRES MORALES COSSIO, doña GABRIELA PATRICIA MORALES COSSIO, doña VERONICA PAZ MORALES COSSIO y doña MARCELA CECILIA MORALES COSSIO venden, ceden y transfieren a don GUILLERMO ANTONIO MORALES ANABALON la totalidad de los derechos que en la sociedad les ha correspondido como herederos de doña CECILIA MABEL COSSIO HUGHES, retirándose de la sociedad. 3.- Don GUILLERMO ANTONIO MORALES ANABALON vende, cede y transfiere derechos en la sociedad equivalentes al diez por ciento del capital social a doña GABRIELA PIZARRO SILVA, quién se incorpora en la sociedad. 4.- Quedan así como únicos socios de la sociedad GUILLERMO ANTONIO MORALES ANABALON y doña GABRIELA PIZARRO SILVA, en proporción de noventa por ciento el primero y diez por ciento la segunda en los derechos sociales, respectivamente. 5.- La administración corresponderá exclusivamente al socio don GUILLERMO ANTONIO MORALES ANABALON con las facultades previstas en el contrato social. 6.- En todo lo no previsto permanecen vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social, así como el monto del capital original de $500.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Viña del Mar, 19 de abril de 2024.