MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES GALDAMES - GALDAMES LIMITADA

RUT 78622340-7 CVE 2487193
Fecha instrumento
10 de febrero de 1995
Notaría
Publico

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 1995
Comuna
Publico

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Felipe Sepúlveda Ponce, Notaria Publico, titular de la 8° Notaria de Valparaíso, Calle Prat 863, Valparaíso, certifico: por escritura publica hoy, ante mi, PATRICIO ROLANDO GALDAMES VERGARA, calle Yungay 2549, dpto 131, comuna y ciudad de Valparaíso; PATRICIO ERNESTO GALDAMES GARRIDO, PABLO IGNACIO GALDAMES ARÁN y ROCÍO MONSERRAT GALDAMES ARÁN todos con domicilio en calle Termas de Puyehue N° 5679 Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad “INVERSIONES GALDAMES - GALDAMES LIMITADA”, RUT 68.622.340-7, constituida por escritura pública de fecha 10 febrero de 1995, ante Notario de Santiago doña Gloria Patricia Cortes Escaida, inscrita a fojas 4131 n° 3280 año 1995 en el Registro de Comercio de Santiago. don PATRICIO ROLANDO GALDAMES VERGARA, titular del 1% del haber social, vende, cede y transfiere totalidad de éstos a PABLO IGNACIO GALDAMES ARÁN y ROCÍO MONSERRAT GALDAMES ARÁN, quienes compran, adquieren y aceptan para sí, la totalidad de sus derechos de que es dueña y titular en INVERSIONES GALDAMES - GALDAMES LIMITADA, que equivalen a 0,5% del capital social a cada uno de los compradores, y su parte correspondiente de interés en ella. El precio es de $100.000.- totales que paga este acto, al contado. En mérito de la cesión quedan como actuales y únicos socios, PATRICIO ERNESTO GALDAMES GARRIDO con un 99% de acciones y derechos; PABLO IGNACIO GALDAMES ARÁN con 0,5% de acciones y derechos y ROCÍO MONSERRAT GALDAMES ARÁN, con 0,5% de acciones y derechos, en INVERSIONES GALDAMES - GALDAMES LIMITADA. En su calidad de actuales y únicos socios de INVERSIONES GALDAMES - GALDAMES LIMITADA acordaron modificar los estatutos sociales de la Compañía, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a don PATRICIO ERNESTO GALDAMES GARRIDO; don PABLO IGNACIO GALDAMES ARÁN y doña ROCÍO MONSERRAT GALDAMES ARÁN, quienes podrán actuar de forma conjunta o separada indistintamente o delegado las facultades de representación, en quien determinen de consuno, mediante escritura pública, quien podrá actuar anteponiendo a la razón social su respectiva firma. Se modifica la cláusula relativa al fallecimiento de socios. Señalando que en caso de fallecer uno de los socios la sociedad continuará con los sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administrador ni podrá usar de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedarán radicadas desde la fecha del fallecimiento en los socios sobrevivientes con las mismas facultades indicadas en la cláusula segunda. Asimismo, se modifica la cláusula relativa al árbitro arbitrador o amigable componedor. Señalando que la designación se efectuará por la justicia ordinaria a requerimiento de cualquiera de los interesados. Demás estipulaciones en escritura extractada. VALPARAISO, abril 13 del 2024.