CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Bambú SpA

CVE 2486940
Fecha instrumento
24 de abril de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2024
Notario
PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA
Domicilio
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: i) la compra y venta, adquisición, enajenación e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y, ii/ efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, sociedades anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La Sociedad podrá además ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de abril de 2024, Rep. N° 4896-2024, ante mí, don Francisco Javier Ascui Astorga constituyó la sociedad “Inversiones Bambú SpA” (la “Sociedad”), de cuyos estatutos se extracta: 1. Nombre de la Sociedad: “Inversiones Bambú SpA”. 2. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. 3. Duración: duración de la Sociedad será indefinida. 4. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: i) la compra y venta, adquisición, enajenación e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y, ii/ efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, sociedades anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La Sociedad podrá además ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social. 5. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos chilenos, dividido en mil acciones de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribe íntegramente por Francisco Javier Ascui Astorga, y que se pagará en el plazo de tres años contado desde la fecha de la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 25 de abril de 2024.