MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES JOAE LIMITADA

RUT 77687522-8 CVE 2487424
Fecha instrumento
11 de abril de 2024

Instrumento

Fecha
11 de abril de 2024
Repertorio
5955
Notario
ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA
Domicilio
don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO

Sociedad

Ley aplicable
ley Nº 19.499.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Notario Público Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, notario público titular de la 34ª notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 11 de abril de 2024, otorgada ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello, Sergio Patricio de la Cuadra Venegas y Francisca Risopatrón Pereira, ambos domiciliados en calle Pedro de Villagra Nº 2.351, comuna de Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios en la sociedad “Asesorías e Inversiones JOAE Limitada”, antes “Asesoría e Inversiones JOAE SpA”, RUT Nº 77.687.522-8, inscrita a fojas 101.483, Nº 44.587, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022, acordaron lo siguiente: (i) sanear el vicio formal incurrido en la escritura de constitución de la sociedad, otorgada con fecha 11 de noviembre de 2022 en la notaría de Santiago de doña Linda Scarlett Bosch Jiménez bajo el repertorio Nº 5.955, consistente en haberse omitido el estado civil del accionista --hoy socio-- Sergio Patricio de la Cuadra Venegas, con el objeto de indicar, para todos los efectos, que dicho estado civil corresponde al de “casado”, y (ii) sanear el vicio de nulidad consistente en que, en el extracto de constitución de la sociedad, se omitió mencionar el nombre de la accionista - -hoy socia-- Francisca Risopatrón Pereira, de manera que se entienda, para todos los efectos, que el nombre de dicha persona debió haber figurado en el extracto. La escritura extractada y el presente extracto se extienden para los efectos de lo prescrito en la ley Nº 19.499. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en la escritura extractada.- Santiago, 24 de abril de 2024.- Isabel Margarita Peña Lezaeta. Notario Suplente.