AGRÍCOLA LÁGRIMAS DEL SUR SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2024
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto (a) la producción, comercialización y)o distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, ganaderos, forestales y)o silvoagropecuarios; (b) la producción, comercialización, transmisión, almacenamiento y)o distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de energías, incluyéndose pero no limitadas a hidroeléctricas, eólicas, solares y)o fósiles; (c) asesorías profesionales de cualquier tipo, incluyéndose pero no limitadas a materias agrícola, ganadera, eléctrica, financiera, jurídica y ambiental; y (d) la inversión en toda clase de bienes, sean corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos de aguas, valores mobiliarios, tales como acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores y efectos de comercio; la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su adquisición, enajenación y administración, así como la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines”; “ARTÍCULO QUINTO.- Capital y acciones. El capital de la Sociedad es la cantidad de nueve mil setecientos nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil cien acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Cada acción dará derecho a un voto”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- El capital social es la suma de nueve mil setecientos nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil cien acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, el que se ha suscrito y suscribirá y se ha pagado y pagará, como sigue: (a) don ALEJANDRO AUGUSTO PONCE PINOCHET la cantidad de diez millones de pesos chilenos, dividido en cien acciones, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (b) la cantidad de nueve mil seiscientos noventa y nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil acciones, a suscribirse y pagarse al contado, en pesos chilenos, mediante transferencia electrónica de fondos de disponibilidad inmediata, en dinero efectivo, en especies o valores, dentro del plazo máximo de tres años a contar del dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, con cargo al aumento de capital aprobado por escritura pública de fecha dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Sergio Waldo Arenas Benoni.” Demás modificaciones y estipulaciones constan en la escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes plenamente los estatutos sociales. Se facultó a portador de copia autorizada. – La Cisterna, 24 de abril de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en La Cisterna y oficio ubicado en calle Gran Avenida José Miguel Carrera número siete mil novecientos treinta, certifico: Que por escritura pública de fecha 18 de abril de 2024, ante mí, don ALEJANDRO AUGUSTO PONCE PINOCHET, cédula de identidad N°10.416.658-K, domiciliado para estos efectos en Antonio Bacchi N°7122, departamento 222, ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en su calidad de único y actual accionista acordó modificar la sociedad AGRÍCOLA LÁGRIMAS DEL SUR SpA, inscrita a Fs. 43.565 N°30.972 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006, en lo relativo al nombre social, al objeto social, a aumentar el capital social de la suma actual de $10.000.000 de pesos dividido en 100 acciones a la suma de $9.709.100.000 pesos dividido en 1.100 acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, mediante la emisión en este mismo acto de 1000 nuevas acciones de pago; y en consecuencia adecuar el estatuto social, modificando los artículos Primero, Cuarto, Quinto, Décimo Séptimo y Primero Transitorio, sustituyendo su texto actual por los siguientes: “ARTICULO PRIMERO: Nombre. La sociedad por acciones tendrá el nombre de ´Lágrimas del Sur SpA´”; “ARTÍCULO CUARTO. Objeto. La sociedad tendrá por objeto (a) la producción, comercialización y/o distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos agrícolas, ganaderos, forestales y/o silvoagropecuarios; (b) la producción, comercialización, transmisión, almacenamiento y/o distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de energías, incluyéndose pero no limitadas a hidroeléctricas, eólicas, solares y/o fósiles; (c) asesorías profesionales de cualquier tipo, incluyéndose pero no limitadas a materias agrícola, ganadera, eléctrica, financiera, jurídica y ambiental; y (d) la inversión en toda clase de bienes, sean corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos de aguas, valores mobiliarios, tales como acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores y efectos de comercio; la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su adquisición, enajenación y administración, así como la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines”; “ARTÍCULO QUINTO.- Capital y acciones. El capital de la Sociedad es la cantidad de nueve mil setecientos nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil cien acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Cada acción dará derecho a un voto”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- El capital social es la suma de nueve mil setecientos nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil cien acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, el que se ha suscrito y suscribirá y se ha pagado y pagará, como sigue: (a) don ALEJANDRO AUGUSTO PONCE PINOCHET la cantidad de diez millones de pesos chilenos, dividido en cien acciones, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (b) la cantidad de nueve mil seiscientos noventa y nueve millones cien mil pesos chilenos, dividido en mil acciones, a suscribirse y pagarse al contado, en pesos chilenos, mediante transferencia electrónica de fondos de disponibilidad inmediata, en dinero efectivo, en especies o valores, dentro del plazo máximo de tres años a contar del dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, con cargo al aumento de capital aprobado por escritura pública de fecha dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Sergio Waldo Arenas Benoni.” Demás modificaciones y estipulaciones constan en la escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes plenamente los estatutos sociales. Se facultó a portador de copia autorizada. – La Cisterna, 24 de abril de 2024.