Triple Impacto Consultores Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2024
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años a contar de fecha de constitución, y se prorrogará por períodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro
Objeto social
La prestación de asesorías, consultorías y servicios profesionales en materias relativas a la gestión empresarial sustentable, sostenible y de largo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 22 de abril de 2024, ante mí, Luis Felipe Madrigal Acuña, domiciliado en Av. Vitacura 3355, departamento 125, comuna de Vitacura, Santiago, y Javier Andrés Arancibia Rob, domiciliado en Tahau S/N, Hanga Roa, Isla de Pascua, Chile, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: “TRIPLE IMPACTO CONSULTORES LIMITADA” o “Triple Impacto Ltda.”. Objeto: La prestación de asesorías, consultorías y servicios profesionales en materias relativas a la gestión empresarial sustentable, sostenible y de largo plazo. Domicilio: Santiago, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 10 años a contar de fecha de constitución, y se prorrogará por períodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y pagan de la manera que se indica: a) don Luis Felipe Madrigal Acuña ha enterado y pagado, de contado y en dinero efectivo a la caja social, la suma de $950.000, que representan el 95% del capital social; y b) don Javier Andrés Arancibia Rob ha enterado y pagado, de contado y en dinero efectivo a la caja social, la suma de $50.000, que representan el 5% del capital social. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don Luis Felipe Madrigal Acuña, quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, administrará la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales, con amplias facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2024.-