CIMENTACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de abril de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 3 de abril del año 2024, ante mí, doña Gladys Gaete Cáceres, don Héctor Ventura Becerra, don Héctor Ventura Gaete y don Felipe Ventura Gaete, todos los anteriores domiciliados en Camino La Viña número 11.967, departamento 2B, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “CIMENTACIONES LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a Fojas 9.394, Nº4.562, del Registro de Comercio correspondiente al año 1980, en el siguiente sentido: 1) Que, según consta en escritura pública de fecha 30 de enero de 2024, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, cuyo extracto fue inscrito a Fojas 26.459, Nº11.229, del Registro de Comercio correspondiente al año 2024, se disolvió y liquidó la sociedad Inversiones San Damián II Limitada. Con ocasión a la liquidación de la sociedad señalada, se asignó a don Héctor Ventura Becerra y a doña Gladys Gaete Cáceres, en una proporción del 50% para cada uno, la totalidad de la participación de Inversiones San Damián II Limitada en la Sociedad, esto es, un 80% de los derechos sociales. 2) Como consecuencia de lo anterior y a fin de ajustar los estatutos sociales a la nueva composición social, los únicos y actuales socios, esto es, doña Gladys Gaete Cáceres, don Héctor Ventura Becerra, don Héctor Ventura Gaete y don Felipe Ventura Gaete, de forma unánime, procedieron a reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la cantidad de ciento catorce millones ochocientos noventa y dos mil setecientos noventa pesos, íntegramente suscrito por los socios en la siguiente proporción: a) Don HÉCTOR VENTURA BECERRA, la suma de cuarenta y cinco millones novecientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y cinco pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social; b) Doña GLADYS GAETE CÁCERES, la suma de cuarenta y cinco millones novecientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y cinco pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social; c) Don HECTOR VENTURA GAETE, la suma de diecisiete millones doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al quince por ciento del capital social; y, c) FELIPE VENTURA GAETE, la suma de cinco millones setecientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital social .”. Los socios reiteran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Santiago, 12 de abril de 2024.