MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RAM INGENIERIA INTEGRAL LIMITADA

RUT 76024421-K CVE 2486318
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de abril de 2024
Notaría
Quilpué

Instrumento

Fecha
19 de abril de 2024
Notario
ESPERANZA MONSERRAT SILVA VARGAS
Domicilio
titular don Jorge Acuña Pérez
Comuna
Quilpué

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
RAM INGENIERIA INTEGRAL LIMITADA o RAM INGENIERIA LTDA socio 76024421-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESPERANZA MONSERRAT SILVA VARGAS, Abogada, Notario Público, suplente del titular don Jorge Acuña Pérez, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello 453, CERTIFICO: escritura hoy ante mí, ROGELIO RENE TAPIA LEIVA, MAXIMILIANO ANDRES TAPIA TAIBA y HECTOR MARCELO MELO FRANELICH, todos domiciliados en calle Camilo Henríquez N° 033, comuna de Quilpué; modificaron sociedad RAM INGENIERIA INTEGRAL LIMITADA o RAM INGENIERIA LTDA., RUT 76.024.421-K, capital $40.000.000, inscrita a fojas 161 vuelta N° 159 del año 2008 en el Registro y Conservador de Comercio de Quilpué.- Se retira de la sociedad, el socio don ROGELIO RENE TAPIA LEIVA titular del 41,66% de los derechos sociales, quien cede y transfiere al socio MAXIMILIANO ANDRES TAPIA TAIBA, quien compra, acepta y adquiere para sí, dichos derechos, en la suma de $20.000.000, que se pagan en este mismo acto y en dinero en efectivo. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios en la sociedad RAM INGENIERIA INTEGRAL LIMITADA o RAM INGENIERIA LTDA., don MAXIMILIANO ANDRES TAPIA TAIBA, con un 73,33% de participación social y don HECTOR MARCELO MELO FRANELICH, con un 26,67% de participación social.- Modifican clausula tercera del pacto social, en el sentido que a partir de esta fecha, la administración y uso de la razón social corresponderá a los socios MAXIMILIANO ANDRES TAPIA TAIBA y HECTOR MARCELO MELO FRANELICH, con idénticas facultades señaladas en la escritura de constitución de sociedad y modificaciones señaladas.- Lo no modificado rige íntegramente el pacto social y modificaciones señaladas.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Quilpué, 19 de abril de 2024.