MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BIOPROCESS CHILE SpA

RUT 76820789-5 CVE 2486050
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de abril de 2024

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2024
Notario
ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES
Domicilio
con oficio en calle San Carlos N°159

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19499

Objeto social

“En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”.- Asimismo, se modificó artículo Séptimo sobre administración de la sociedad, sobre materia no extractable. En lo no modificado, mantiene plena vigencia pacto social

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VERÓNICA TOMASA BASTÍAS GÓMEZ socio 9271780-1
BIOPROCESS CHILE SpA accionista 76820789-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES, abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle San Carlos N°159, local 3, Valdivia, certifico: por escritura de fecha 18 de Abril de 2024, ante mí, VERÓNICA TOMASA BASTÍAS GÓMEZ, RUT: 9.271.780-1, domiciliada en Poste Norte 22, Villa La Gaviotas, Valdivia, única accionista BIOPROCESS CHILE SpA, RUT 76.820.789-5, capital $30.000.000.- otorgó escritura de saneamiento de la sociedad conforme a Ley 19499, constituida por escritura de 15 de Diciembre de dos mil diecisiete, notaría de Santiago de Luis Poza Maldonado, extracto se inscribió a fojas 95.475 N° 51.309 Registro Comercio Santiago año 2017. Escritura que se sanea por haberse omitido oportuna inscripción y publicación de su extracto, se otorgó ante mí, en mi Oficio de calle San Carlos 159, local 3, Valdivia, el 17 de Enero de 2024, Rep. 0188-2024, y en ella se modificó los estatutos sociales, agregando siguiente artículo Cuarto Bis sobre objeto social: “En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”.- Asimismo, se modificó artículo Séptimo sobre administración de la sociedad, sobre materia no extractable. En lo no modificado, mantiene plena vigencia pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Valdivia, 24 de abril de 2024.