Asesorías e Inversiones, Ángel Gutiérrez Talledo, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) La compra, venta, cesión e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; b) Administrar dichas inversiones y percibir sus rentas; y c) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2024, bajo el repertorio número 9.422-2024, otorgada ante mí, don Ángel Gutiérrez Talledo, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo número 3.669, oficina 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, resolvió transformar en una sociedad por acciones la empresa individual de responsabilidad limitada denominada Asesorías e Inversiones, Ángel Gutiérrez Talledo, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Asesorías e Inversiones Ángel Gutiérrez SpA” (la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) La compra, venta, cesión e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; b) Administrar dichas inversiones y percibir sus rentas; y c) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: $200.000, dividido en 200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador este extracto para legalización. Santiago, 22 de abril de 2024.