MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SANTA LAURA SpA

RUT 76377734-0 CVE 2485038
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2024
Repertorio
11376-2024
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
trigésimo octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) Adquirir, enajenar, comercializar, administrar y explotar en cualquier forma, bienes raíces, urbanos o rurales; obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena. b) Arrendar, subarrendar, usufructuar o ceder en cualquiera de sus formas el uso o goce temporal de bienes inmuebles amoblados y no amoblados, y de inmuebles con instalaciones o maquinaria que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial. c) Lotear, subdividir, construir y urbanizar bienes inmuebles, pudiendo especialmente, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, pudiendo ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad y el desarrollo de su

Administración

La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Andrés Hurtado Campos, a don Jorge Hurtado Campos, a don Juan Pablo Hurtado Campos y a doña Laura María Josefina Hurtado Campos, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, representarán y obligarán, tanto judicial como extrajudicialmente, a la sociedad con las facultades indicadas en los Estatutos Sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores número 178, piso 5, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada el 8 de marzo de 2024, ante mí, Repertorio N° 11.376-2024, Sinnvoll SpA, JH4 SpA, CABO VERDE SpA y ASESORIAS E INVERSIONES SANTA LAURA SpA, todas debidamente representadas, en sus calidades de únicas y actuales accionistas de “INMOBILIARIA SANTA LAURA SpA”, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de marzo de dos mil catorce, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores, cuyo extracto se inscribió a fojas 28460, número 17716 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, han modificado la administración y uso de la razón social y refundido los estatutos de la sociedad, de las cuales se extractan las siguientes materias: Uno) Razón Social: El nombre de la sociedad es “INMOBILIARIA SANTA LAURA SpA”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía “SANTA LAURA SpA”; Dos) Duración: La duración de la sociedad es indefinida; Tres) Objeto: El objeto de la sociedad es: a) Adquirir, enajenar, comercializar, administrar y explotar en cualquier forma, bienes raíces, urbanos o rurales; obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena. b) Arrendar, subarrendar, usufructuar o ceder en cualquiera de sus formas el uso o goce temporal de bienes inmuebles amoblados y no amoblados, y de inmuebles con instalaciones o maquinaria que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial. c) Lotear, subdividir, construir y urbanizar bienes inmuebles, pudiendo especialmente, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, pudiendo ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad y el desarrollo de su giro. d) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas, y en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de créditos o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero. Cuatro) Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en forma íntegra, en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Cinco) Administración: La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Andrés Hurtado Campos, a don Jorge Hurtado Campos, a don Juan Pablo Hurtado Campos y a doña Laura María Josefina Hurtado Campos, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, representarán y obligarán, tanto judicial como extrajudicialmente, a la sociedad con las facultades indicadas en los Estatutos Sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de abril de 2024.