Sociedad Inversiones e Inmobiliaria Martínez y Ferrer Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2024
- Repertorio
- 1449-2024/2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $144.499 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2024, repertorio N° 1449 - 2024/2024, ante mí, Francisco Javier Martínez Madrid, por si y en su carácter de empresario individual, Verónica Ferrer Villanueva, Rosario Martínez Ferrer, José Ignacio Martínez Ferrer, todos los anteriores domiciliados en calle Aurelio González número 3.716, Departamento 407, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana y Francisco Javier Martínez Ferrer, domiciliado en Rodrigo de Quiroga número dos mil ochocientos veintitrés, departamento doscientos seis, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; en su calidad de únicos socios de “SOCIEDAD INVERSIONES E INMOBILIARIA MARTINEZ Y FERRER LIMITADA” inscrita a fojas 51 número 62 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peumo y Las Cabras correspondiente al año 2011 /en adelante, la “Sociedad”/, acordaron las siguientes modificaciones sociales: i) Aumentar el capital desde $144.499.436 a $206.427.767. Este aumento de capital, ascendente a $61.928.336, deberá ser enterado en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada. ii) Como consecuencia del aumento de capital referido precedentemente, ingresan como nuevos socios de la Sociedad, Rosario Martínez Ferrer, Francisco Javier Martínez Ferrer y José Ignacio Martínez Ferrer, con la aceptación de los restantes socios. iii) Se modifica la cláusula Quinta de los Estatutos Sociales, sustituyéndola por la siguiente “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos seis millones cuatrocientos veintisiete mil setecientos sesenta y siete pesos, que los socios han íntegramente suscrito, el cual han pagado y pagarán en dinero efectivo o en especies avaluables en dinero, de la siguiente forma: /a/ Francisco Javier Martínez Madrid, por sí y en su carácter de empresario individual, ha suscrito e íntegramente pagado, con anterioridad a esta fecha, la suma de ciento quince millones quinientos noventa y nueve mil quinientos cuarenta y nueve pesos, equivalentes al cincuenta y seis por ciento del capital e interés social; /b/ Verónica Ferrer Villanueva ha suscrito e íntegramente pagado, con anterioridad a esta fecha, la suma de veintiocho millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y siete pesos, equivalentes al catorce por ciento del capital e interés social; c) Rosario Martínez Ferrer ha suscrito la suma de veinte millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos setenta y siete pesos equivalentes al diez por ciento del capital e interés social, los que deberá enterar en dinero efectivo o en especies avaluables en dinero en un plazo no superior a dos años contados desde el día cuatro de marzo de dos mil veinticuatro; d) Francisco Javier Martínez Ferrer, ha suscrito la suma de veinte millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos setenta y siete pesos equivalentes al diez por ciento del capital e interés social, los que deberá enterar en dinero efectivo o en especies avaluables en dinero en un plazo no superior a dos años contados desde el día cuatro de marzo de dos mil veinticuatro; y, /e/ José Ignacio Martínez Ferrer ha suscrito la suma de veinte millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos setenta y siete pesos equivalentes al diez por ciento del capital e interés social, los que deberá enterar en dinero efectivo o en especies avaluables en dinero en un plazo no superior a dos años contados desde el día cuatro de marzo de dos mil veinticuatro”, y se incorpora el artículo primero transitorio, “Artículo Primero Transitorio: Los socios acuerdan que, los nuevos socios, doña Rosario Martínez Ferrer , don Francisco Javier Martínez Ferrer y don José Ignacio Martínez Ferrer no tendrán, salvo acuerdo en contrario, derecho a efectuar retiros provenientes de las utilidades acumuladas de la Sociedad al veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro según el balance de Sociedad Inversiones e Inmobiliaria Martinez y Ferrer Limitada al término de dicho ejercicio. En consecuencia, toda utilidad percibida por la Sociedad hasta la fecha indicada deberá ser repartida a don Francisco Javier Martínez Madrid y doña Verónica Ferrer Villanueva de acuerdo con las participaciones sociales anteriores a las que se acordaron en la escritura de aumento de capital de la Sociedad de fecha cuatro de marzo de dos mil veinticuatro, de manera que tendrán derechos respectivamente a un ochenta por ciento y veinte por ciento de las mencionadas utilidades acumuladas o en las proporciones y montos que ellos acuerden. Una vez repartido el monto equivalente a las utilidades acumuladas de la compañía al veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro en su totalidad, los socios doña Rosario Martínez Ferrer, don Francisco Javier Martínez Ferrer y don José Ignacio Martínez Ferrer tendrán derecho a concurrir a los retiros o repartos de utilidades de la sociedad según las reglas contenidas en los estatutos sociales.”. iv) Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de abril de 2024.