COMERCIAL, TRANSPORTES Y SERVICIOS INTEGRALES KARINA ARANCIBIA AHUMADA E.I.R.L
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2024
- Repertorio
- 356
- Notario
- DAVID DEL FIERRO CIFUENTES
- Oficio
- Primera Notaría Limache
- Comuna
- Limache
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID DEL FIERRO CIFUENTES, Abogado, Notario Público Titular Primera Notaría Limache, con domicilio en Avenida Palmira Romano Sur 405-A, local 28-A y 29, certifica: Por escritura de fecha 10 abril 2024, Repertorio N° 356, ante mí, KARINA ROSA ARANCIBIA AHUMADA, casada y separada totalmente de bienes, comerciante, domiciliada en Quillota, O’Higgins N° 365, de paso en esta ciudad, Cédula de Identidad N° 11.733.920-3, procedió a sanear escritura pública de fecha 2 agosto 2022, Repertorio N° 813, otorgada ante este Oficio, mediante la cual transformó empresa individual de responsabilidad limitada “COMERCIAL, TRANSPORTES Y SERVICIOS INTEGRALES KARINA ARANCIBIA AHUMADA E.I.R.L” u “ÓPTICA ARANCIBIA AHUMADA E.I.R.L.”, R.U.T. N° 76.263.959-9, inscrita a fojas 14 N° 13 Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces de Quillota de 2013, en Sociedad por Acciones “COMERCIAL, ÓPTICA, CONTACTOLOGÍA Y OPTOMETRÍA ARANCIBIA AHUMADA SpA”, por cuanto el extracto de dicha transformación no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, ni se publicó en el Diario Oficial, encontrándose vencido el plazo legal para hacerlo, por lo cual, mediante la escritura extractada y conforme lo dispuesto en la Ley 19.499 sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, la compareciente saneó dicho vicio. Dando cumplimiento a lo contemplado en artículo 3° letras a) y b) Ley 19.499, se dio por saneado el vicio formal antes señalado, a fin de inscribir y publicar el extracto de la referida transformación. Demás estipulaciones escritura extractada. Limache, 12 abril 2024.-