AIONTECH SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2024
- Repertorio
- 3720-2024
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Artículo Décimo Noveno: Mientras la propiedad de la totalidad de las acciones se reúna en manos del único accionista, y encontrándose pendiente la conversión de los SAFE (Acuerdo simplificado de adquisición de acciones futuras) por parte de los inversionistas, la administración de AIONTECH SpA con las atribuciones que señalan las leyes, el presente estatuto social y lo resuelto en la presente Junta Extraordinaria de Accionistas, será ejercida conjuntamente por CRISTÓBAL DUFEU AGUIRRE, RUT: 15.070.292-5, y por CARLOS ALBERTO PRIETO ADRIAZOLA, RUT: 14.369.700-2, quienes tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, encontrándose investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes que la ley o el Estatuto no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de las cuales las leyes exijan esta circunstancia. La existencia de accionistas se verificará con la sola comprobación del hecho en el Registro de Accionistas de la Sociedad. En caso de la existencia de tres o más accionistas, la Sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros, reelegibles que podrán o no ser accionistas de la Sociedad y que la Junta Ordinaria de Accionistas designe, nombramiento que deberá anotarse al margen de la inscripción social”. Los párrafos siguientes del artículo Décimo Noveno del estatuto social se mantienen sin modificaciones
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CRISTÓBAL DUFEU AGUIRRE | socio | 15070292-5 | — | — | |
| CARLOS ALBERTO PRIETO ADRIAZOLA | socio | 14369700-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27a Notaría de Santiago, ubicada en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 22 Abril de 2024, ante mí, repertorio 3720-2024, se reduce a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de “AIONTECH SpA.”, celebrada con esta misma fecha, RUT: 76.703.978-6, inscrita a fojas 3811 número 1.668 en el Registro de Comercio de Santiago año 2023, por la cual se acuerda modificar por unanimidad y parcialmente su estatuto en los siguientes términos: “ADMINISTRACIÓN: Artículo Décimo Noveno: Mientras la propiedad de la totalidad de las acciones se reúna en manos del único accionista, y encontrándose pendiente la conversión de los SAFE (Acuerdo simplificado de adquisición de acciones futuras) por parte de los inversionistas, la administración de AIONTECH SpA con las atribuciones que señalan las leyes, el presente estatuto social y lo resuelto en la presente Junta Extraordinaria de Accionistas, será ejercida conjuntamente por CRISTÓBAL DUFEU AGUIRRE, RUT: 15.070.292-5, y por CARLOS ALBERTO PRIETO ADRIAZOLA, RUT: 14.369.700-2, quienes tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, encontrándose investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes que la ley o el Estatuto no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de las cuales las leyes exijan esta circunstancia. La existencia de accionistas se verificará con la sola comprobación del hecho en el Registro de Accionistas de la Sociedad. En caso de la existencia de tres o más accionistas, la Sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros, reelegibles que podrán o no ser accionistas de la Sociedad y que la Junta Ordinaria de Accionistas designe, nombramiento que deberá anotarse al margen de la inscripción social”. Los párrafos siguientes del artículo Décimo Noveno del estatuto social se mantienen sin modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Abril de 2024.