CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARANDA HERMANAS Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2484021
Fecha instrumento
18 de abril de 2024
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2024
Repertorio
1035-2024
Notario
JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
Oficio
12° Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

N. fantasía
“COMERCIAL EL CISNE LIMITADA”;
Domicilio
Concepción
Duración
3 años desde fecha escritura, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos

Administración

A ambas socias de manera conjunta, según facultades escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 18 de Abril de 2024, bajo el repertorio N°1.035-2024, ante mí, YUSET LORENA ARANDA ROMERO, con domicilio en calle Bernardino Cáceres N°12, Los Lirios Alto, Nonguén, Concepción y doña SELMA JACQUELINNE ARANDA ROMERO, con domicilio en calle Uno, casa N°67, Conjunto Residencial Nonguén, Concepción, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “ARANDA HERMANAS Y COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo en ambos casos emplear abreviada las palabras “compañía” como “Cia” y "limitada" como “Ltda.; NOMBRE DE FANTASÍA: “COMERCIAL EL CISNE LIMITADA”; GIRO: uno) La compra, venta, distribución, almacenamiento, depósito, importación y exportación, de todo tipo de productos y mercaderías propias de un minimarket; dos) La explotación, mantención y administración de minimercados, locales comerciales, negocios y expendios de bebidas alcohólicas y no alcohólicas y de todo tipo de mercaderías de venta directa al público; tres) La venta de todo tipo de alimentos, tanto perecibles como no perecibles, preparados y de elaboración propia y, cuatro) En general la realización de todo tipo de actos de comercio que signifiquen una relación directa con los objetos señalados anteriormente y de aquellos enumerados por el Código de Comercio. Para todos los efectos legales la sociedad se entenderá tener giro amplio.- ADMINISTRACIÓN: A ambas socias de manera conjunta, según facultades escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS que los socios aportan en partes iguales en especies, según escritura extractada, siendo en consecuencia el aporte la suma de dieciocho millones de pesos cada una. Este capital se enteró y pagó íntegramente por las socias con las especies individualizadas en la escritura de constitución, e ingresado en arcas sociales con anterioridad a la firma del presente instrumento.- DURACIÓN: 3 años desde fecha escritura, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos.- DOMICILIO: Concepción. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 22 de abril de 2024.