CONSTRUCTORA RICARDO RAMOS GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2016
- Notario
- JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $27.600.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y Comuna Chillán
- Duración
- 5 años a partir de esta fecha.- Se entenderá renovada, tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto en Registro de Comercio respectivo, con 6 meses de anticipación a lo menos a fecha de expiración del plazo inicial o período de
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, realización de trabajos de edificación de obras civiles, desarrollo de proyectos inmobiliarios, compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces; realización de loteos y obras de urbanización; construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, edificios y viviendas; implementación y realización de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, tanto para estamentos públicos como privados; compra y venta, en locales propios o ajenos, producción, faenación, distribución, almacenamiento, depósito, importación, exportación, al por mayor y por menor, carne de vacuno, pollo, cerdo, pavo, salmón y sus derivados como cecinas, longanizas y productos alimenticios de todo tipo, incluyendo los insumos y materias primas utilizables en la elaboración de dichos productos; compra, venta, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, productos cárneos, leche, huevos, queso, yogurt, quesillo y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites, grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, y toda la gama de panadería, pastelería y dulces, y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la realidad, o existan en el futuro, relacionado con el ramo alimenticio; y, en general, todos los actos o negocios que, relacionados o no con el giro principal, determinen los socios efectuar.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o CONSTRUCTORA RAMOS E.I.R.L | socio | 76567771-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble N° 620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don RICARDO ELADIO RAMOS GONZALEZ, comerciante - con el consentimiento de su cónyuge compareciente y doña RUTH CAROL HELLMAN GUIÑEZ, diseñadora gráfica, casada con el anterior, y separados totalmente de bienes, ambos domiciliados en calle Ángel Parra N° 250, comuna de Chillán Viejo -; transformó CONSTRUCTORA RICARDO RAMOS GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o CONSTRUCTORA RAMOS E.I.R.L., RUT N° 76.567.771-8, la que constituyó por escritura pública de fecha 16.05.2016, ante el Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, don Joaquín Tejos Henríquez, inscrita en extracto a fojas 317 N° 226 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Chillán.- Capital inicial $25.000.000.- TRANSFORMACIÓN: En este acto don RICARDO ELADIO RAMOS GONZÁLEZ, con el consentimiento de la compareciente doña RUTH CAROL HELLMAN GUÍÑEZ y, quien pasa a integrar la sociedad, transforman a contar de esta fecha, la empresa individual referida, en una sociedad comercial de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones, cuyos estatutos serán los siguientes: RAZÓN SOCIAL: "INMOBILIARIA LA CASCADA LIMITADA", con nombre de fantasía "LA CASCADA LTDA.".- DOMICILIO: Ciudad y Comuna Chillán, sin perjuicio de agencias, sucursales o representaciones que establezca en otros puntos del país o extranjero.- DURACIÓN: 5 años a partir de esta fecha.- Se entenderá renovada, tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto en Registro de Comercio respectivo, con 6 meses de anticipación a lo menos a fecha de expiración del plazo inicial o período de vigencia.-OBJETO: El objeto o giro de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, realización de trabajos de edificación de obras civiles, desarrollo de proyectos inmobiliarios, compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces; realización de loteos y obras de urbanización; construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, edificios y viviendas; implementación y realización de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, tanto para estamentos públicos como privados; compra y venta, en locales propios o ajenos, producción, faenación, distribución, almacenamiento, depósito, importación, exportación, al por mayor y por menor, carne de vacuno, pollo, cerdo, pavo, salmón y sus derivados como cecinas, longanizas y productos alimenticios de todo tipo, incluyendo los insumos y materias primas utilizables en la elaboración de dichos productos; compra, venta, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, productos cárneos, leche, huevos, queso, yogurt, quesillo y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites, grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, y toda la gama de panadería, pastelería y dulces, y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la realidad, o existan en el futuro, relacionado con el ramo alimenticio; y, en general, todos los actos o negocios que, relacionados o no con el giro principal, determinen los socios efectuar.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: Corresponderá al socio RICARDO ELADIO RAMOS GONZÁLEZ.- CAPITAL SOCIAL: $27.600.000.-, que socios aportan como sigue: a) Don RICARDO ELADIO RAMOS GONZÁLEZ, $26.220.000, que completa y paga de siguiente manera: Uno) Transfiriendo en dominio a la sociedad, el total del activo de su empresa individual, equivalente a la suma de $25.000.000, y Dos) Con $1.220.000.- al contado y efectivo que ingresa en esta acto a caja social, y b) Doña RUTH CAROL HELLMAN GUIÑEZ, $1.380.000.- al contado y en dinero efectivo que ingresa este acto a caja social.- Luego de la transformación quedan como únicos socios don RICARDO ELADIO RAMOS GONZÁLEZ, con un 95% del haber social, doña RUTH CAROL HELLMAN GUIÑEZ, con un 5% de participación en haber social.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- CHILLAN, 27 DE MARZO DE 2024.