Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2024
- Repertorio
- 2417-2024
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
- Oficio
- Primera Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Efectuar por cuenta propia o de terceros toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tangibles e intangibles. Para estos propósitos, la sociedad podrá intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades, entidades y comunidades, pudiendo comprar, vender, permutar, explotar, administrar, adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza, administrar las inversiones que realice, percibir su producto y cualquier otra actividad o gestión relacionada con la inversión en cualquier actividad, giro o rubro; pudiendo además, constituir, formar parte o adquirir acciones o derechos en sociedades de personas o de capital, adquirir activos, pasivos, patrimonio o parte de estos, y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables y b) La realización de cualquier otro acto, actividad, negocio o inversión relacionado o no con las actividades anteriores que los socios acuerden, sin limitación de ninguna especie
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en Av. Providencia 1777, Providencia, Región Metropolitana, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2024, repertorio N° 2417 -2024, ante mí, JUAN EDUARDO LASO NAZZAL, debidamente representado, y don FELIPE MAXIMILIANO LASO NAZZAL, constituyeron una sociedad por acciones denominada “JAMIL SpA”.- Objeto: a) Efectuar por cuenta propia o de terceros toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tangibles e intangibles. Para estos propósitos, la sociedad podrá intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades, entidades y comunidades, pudiendo comprar, vender, permutar, explotar, administrar, adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza, administrar las inversiones que realice, percibir su producto y cualquier otra actividad o gestión relacionada con la inversión en cualquier actividad, giro o rubro; pudiendo además, constituir, formar parte o adquirir acciones o derechos en sociedades de personas o de capital, adquirir activos, pasivos, patrimonio o parte de estos, y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables y b) La realización de cualquier otro acto, actividad, negocio o inversión relacionado o no con las actividades anteriores que los socios acuerden, sin limitación de ninguna especie.- Duración: Indefinida.- Capital: $1.000.000, dividido en 10.000 nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagadero dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución social, a medida que las necesidades sociales lo requieran.- Santiago, 17 de abril de 2024.-