INMOBILIARIA HERMANAS MEDINA-MURRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2024
- Notario
- RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA
- Domicilio
- Melipilla
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, con oficio enAvenida Serrano Nro. 374, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, doñaJAVIERA IGNACIA MEDINA MURRA, chilena, soltera, estudiante, cédulanacional de identidad número veinte millones ciento cincuenta y nueve milseiscientos cuarenta y cuatro guion cero, domiciliada en Parcela Nueve, SantaJulia II, Melipilla, doña CATALINA ANDREA MEDINA MURRA, chilena, soltera,estudiante, cédula nacional de identidad número veintiún millones nueve milsetecientos dieciocho guion k, domiciliada en Parcela Nueve, Santa Julia II,Melipilla, y doña ISIDORA BELÉN MEDINA MURRA, chilena, soltera, estudiante,cédula nacional de identidad número veintiún millones setecientos noventa y sietemil doscientos cincuenta y ocho guion dos, domiciliada en Parcela Nueve, SantaJulia II, Melipilla, modificaron sociedad INMOBILIARIA HERMANAS MEDINA-MURRA LIMITADA cuyo extracto se inscribió a fojas cuarenta y nueve, númeroveinte del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Comercio de Melipillacorrespondiente al año dos mil veintiuno, y se publicó en el Diario Oficial númerocuarenta y dos mil ochocientos noventa de fecha veinticinco de febrero del añodos mil veintiuno, en el siguiente sentido: doña JAVIERA IGNACIA MEDINAMURRA vende, cede y transfiere a doña ISIDORA BELÉN MEDINA MURRA, eltreinta y cuatro por ciento de sus derechos en la sociedad, los que corresponden aun diecisiete por ciento del haber social. El precio de la venta de los derechos esla suma de cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos, los que se pagan eneste acto al contado, y que la cedente declara recibir a su entera satisfacción.Asimismo, doña CATALINA ANDREA MEDINA MURRA, vende, cede y transfierea doña ISIDORA BELÉN MEDINA MURRA el treinta y cuatro por ciento de susderechos en la sociedad, los que corresponden a un diecisiete por ciento del habersocial. El precio de la venta de los derechos es la suma de cuatro millonesdoscientos cincuenta mil pesos, los que se pagan en este acto al contado, y que lacedente declara recibir a su entera satisfacción. Como consecuencia de las ventaso cesiones de derechos antes señaladas, quedan como únicas socias doñaJAVIERA IGNACIA MEDINA MURRA con un treinta y tres por ciento del habersocial, CATALINA ANDREA MEDINA MURRA con un treinta y tres por ciento delhaber social e ISIDORA BELÉN MEDINA MURRA con un treinta y cuatro porciento del haber social, modificándose el artículo cuarto del estatuto social.Además, en su calidad de únicas socias de INMOBILIARIA HERMANAS MEDINAMURRA LIMITADA, vienen en modificar la cláusula tercera del estatuto social, enel siguiente sentido: la administración y uso de la razón social corresponderá acualquiera de las tres socias, las que podrán actuar conjunta o separada eindistintamente con todas las facultades señaladas en el estatuto social, sin quetengan restricción alguna en su actuar, bastando solo que antepongan la razónsocial a sus firmas.- Las administradoras, anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades enel orden judicial y extrajudicial. En lo no modificado por la presente escritura semantendrá vigente el estatuto social originalMelipilla, 23 de Febrero de 2024.