CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HR ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS LIMITADA

RUT 10066170-5 CVE 2482557
Fecha instrumento
29 de febrero de 2024
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
29 de febrero de 2024
Notario
RUBEN REINOSO HERRERA
Oficio
Cuarta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Domicilio
Santiago

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

La sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RAUL ENRIQUE CEPEDA DUARTE y a don HÉCTOR ANTONIO PONCE PONCE, en forma conjunta o separa indistintamente, en forma y condiciones de acuerdo a la escritura extractada

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
RAÚL ENRIQUE CEPEDA DUARTE socio 10066170-5
HÉCTOR ANTONIO PONCE PONCE socio 12569377-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en Avenida El Santo N° 1240, certifica: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don RAÚL ENRIQUE CEPEDA DUARTE, CNI 10.066.170-5 y don HÉCTOR ANTONIO PONCE PONCE, CNI 12.569.377-6, ambos domiciliados en calle El Litre 970, comuna y ciudad de La Serena, constituyeron sociedad limitada con razón social: HR ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS LIMITADA, sin perjuicio, razón social fantasía HR. LTDA.- Objeto: La sociedad tiene por objeto: la contabilidad financiera y tributaria, la teneduría de libros, análisis contables, confección de reportes, análisis de costos, auditorías internas y externas, Asesoría contable y de gestión, Asesoría Gerencial, Asesoría en Recursos Humanos, Asesoría Comercial, Asesoría Inmobiliaria, pudiendo inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o privada y participar en todo tipo de licitaciones y concursos relacionados a su objeto y en general, todos los demás actos y actividades que se relacionen directa o indirectamente, con los objetos antes señalados y que el o los socios de común acuerdo determinen. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que pueda establecer en otras ciudades o localidades dentro o fuera el país. Duración de la sociedad: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura.- Este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años si ninguna de las partes manifestare su voluntad de poner término a la sociedad por declaración que deberá efectuarse en forma y condiciones de acuerdo a escritura extractada. Capital social: El capital es la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) El socio Raúl Enrique Cepeda Duarte aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que entera al contado y en dinero efectivo. b) El socio Héctor Antonio Ponce Ponce aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que entera al contado y en dinero efectivo. Administración: La sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don RAUL ENRIQUE CEPEDA DUARTE y a don HÉCTOR ANTONIO PONCE PONCE, en forma conjunta o separa indistintamente, en forma y condiciones de acuerdo a la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 29 de febrero de 2024.