MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EPIROC DISTRIBUTION CHILE SpA

RUT 77546234-5 CVE 2482393
Capital
$8.139.220.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2024
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.139.220.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de abril de 2024, bajo el repertorio número 9.064-2024, ante mi suplente Nelson Patricio Carvallo Santa María, Epiroc Rock Drills A.B., Rol Único Tributario número 59.242.060-8 (el “Accionista”), en su calidad de accionista único de la sociedad EPIROC DISTRIBUTION CHILE SpA, Rol Único Tributario número 77.546.234-5 (la “Sociedad”), efectúo las siguientes modificaciones sociales: (i) Aumentar el capital de la Sociedad, que actualmente asciende a la suma de $8.139.220.000, dividido en 813.922 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a la suma de $36.161.836.000 dividido en 3.616.183 acciones todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, mediante la emisión de 2.802.261 nuevas acciones de pago, de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, totalmente suscritas y pagadas en esa misma fecha por el Accionista. (ii) Reemplazar el artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente nuevo artículo Cuarto: “ “Artículo Cuarto: El Capital de la Sociedad será la suma de treinta y seis mil ciento sesenta y un millones ochocientos treinta y seis mil pesos chilenos, dividido y representado en tres millones seiscientos dieciséis mil ciento ochenta y tres acciones nominativas ordinarias, de una serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma prevista en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Las acciones que se encontraren suscritas y no pagadas tendrán derecho a voto. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la junta ordinaria de accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultante de la distribución de la revalorización del capital propio. Para lo anterior, el administrador de la Sociedad o sus representantes, al someter el balance del ejercicio a la consideración de la junta de accionistas, deberá previamente distribuir en forma proporcional la revalorización del capital propio entre las cuentas del capital pagado, las de utilidades retenidas y otras cuentas representativas del patrimonio.”. (iii) Reemplazar el artículo Primero Transitorio por el siguiente nuevo artículo Primero Transitorio: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, que asciende a la suma de treinta y seis mil ciento sesenta y un millones ochocientos treinta y seis mil pesos chilenos, divido y representado en tres millones seiscientos dieciséis mil ciento ochenta y tres acciones nominativas ordinarias, de una serie, de igual valor y sin valor nominal, las que han sido suscritas y pagadas íntegramente por el único accionista de la sociedad EPIROC ROCK DRILLS AB.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2024.